Del día 14 al día 28: acomodando el inicio de la
vida humana a los intereses biotecnológicos
Por Jorge Nicolás
Lafferriere
12 de diciembre de 2016
Modificar las normas
británicas que impiden investigar sobre más allá del día 14
y permitir la investigación hasta el día 28 fue una de las propuestas
debatidas el pasado 7 de diciembre de 2016 en la Conferencia Anual del
“Progress Educational Trust” en Londres.
La Conferencia tuvo por título
“Repensando la ética de la investigación embrionaria: edición genética, los
14 días y más allá” (“Rethinking the Ethics of Embryo Research: Genome
Editing, 14 Days and Beyond”).
Las razones: La propuesta es defendida,
entre otros, por Simon Fishel, quien dirige CARE Fertility Group, sosteniendo
que traería muchos beneficios para la investigación médica de anormalidades
del desarrollo, tumores y pérdidas de embarazos, según informó The Guardian.
Por su parte, el profesor Robin Lovell-Badge, del Instituto Francis Crick de
Londres, argumentó que la posibilidad de extender la investigación más allá
del día 14 permitiría indagar más en el proceso de gastrulación y en el plan
de formación del cuerpo humano a través de las tres capas básicas que se
forman en ese momento: el endodermo, el mesodermo y el ectodermo y que son
las fundaciones biológicas de los tejidos de pulmones e intestinos, músculos
y sangres y el sistema nervioso.
Los pedidos para extender
el límite encontraron un apoyo en tanto se afirma que por primera vez se ha
logrado mantener vivo en laboratorio a un embrión hasta el día 13 de su
desarrollo. La profesora Magdalena Zernicka-Goetz lideró ese grupo de
investigación y fue una de las expositoras de la Conferencia. En su
intervención pidió que se extienda una semana más el límite.
Otro elemento de presión
para correr el día de protección de la vida es la posibilidad de editar el
genoma de los embriones y así continuar experimentando durante las primeras
etapas de la vida. Una de las expositoras en la conferencia fue Kathy Niakan,
primera investigadora que cuenta con licencias para hacer uso de la técnica
de edición genética humana en embriones.
El origen del límite del
día 14: También expuso Mary Warnock, baronesa que lideró el informe que en
1984 determinó el día 14 como límite para las investigaciones en embriones
humanos, que luego fue seguido por la legislación británica en 1990 y ha
tenido influencia en muchos otros países. Warnock se opuso a extender el
límite del día 14, pero por razones políticas. En su exposición reconoció que
el límite del día 14 fue algo arbitrario y que podía estar entre el día 13 o
15, y que prefirieron fijar un día fijo para que pueda ser aplicada la ley en
forma segura.
Por su parte, Sally
Cheshire, quien dirige la agencia que regula a las instituciones que realizan
técnicas de procreación artificial (Human Fertilisation and Embryology
Authority), expresó que Gran Bretaña no está preparada para extender el
límite de 14 días que actualmente limita la investigación con embriones
humanos.
Una reflexión bioética y
jurídica
La propuesta de extender
el límite para investigar sobre los embriones humanos hasta el día 28 deja en
evidencia varias realidades que subyacen a la expansión de las biotecnologías
aplicadas a la vida humana naciente:
· La propuesta resulta
contraria a principios fundamentales del derecho y la bioética, especialmente
al principio de respeto de la dignidad humana y la inviolabilidad de la vida
humana.
· La postura que sostiene
que hay que permitir la investigación sobre embriones humanos hasta el día 14
tiene que ser revisada, pero no para extenderla, sino para derogarla y exigir
que no se permita el descarte o la investigación sobre embriones humanos en ningún
momento desde la fecundación.
· Respecto a la discusión
sobre cuándo comienza la vida humana se advierten dos tendencias
preocupantes: por un lado, las exigencias de la biotecnología llevan a
relegar toda preocupación por el estatuto moral del embrión humano y de esta
forma se va consolidando una mentalidad materialista que pierde todo respeto
por la inviolabilidad del cuerpo humano y considera a la vida como material
biológico disponible y utilizable en función del ideal del progreso. Por otro
lado, no se duda en acomodar los límites jurídicos para las investigaciones a
las exigencias de los intereses biotecnológicos, soslayando cualquier
consideración ética.
· El famoso “día 14” que ha
dado lugar a tantas discusiones y propuestas legislativas se revela como un
límite fijado de forma arbitraria y que no indica un cambio sustancial en el
embrión humano que justifique considerar que allí comienza la vida humana.
· Esta propuesta demuestra
también las endebles bases científicas de las posturas jurídicas que
sostienen que la protección jurídica del embrión debe comenzar con la
implantación. En este sentido, en América el ejemplo más notable de
manipulación de la vida humana en función de intereses biotecnológicos es el
fallo “Artavia Murillo” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que
sostuvo que el término “concepción” debía ser interpretado como coincidiendo
con el de “implantación”. Estas sentencias y leyes que han buscado seguir las
demandas de la biotecnología no están basadas en una consideración del
embrión en sí mismo, sino que manipulan el momento en que comienza la
protección jurídica de la vida a fin de generar las condiciones jurídicas que
son favorables a las biotecnologías. Y como las exigencias de esta industria
biotecnológica van cambiando y son cada vez mayores, entonces también cambian
las protecciones o desprotecciones que recibe el ser humano.
· La arbitrariedad de las
posturas que sostienen que la vida comienza en el día 14 o 28 deja en
evidencia la coherencia y solidez de la postura que sostiene que la vida
humana comienza con la fecundación. En ese momento se conforma un nuevo
individuo de la especie humana, que se diferencia de su padre y su madre, y
que tiene la dignidad de la persona humana. En el momento de la fecundación
se forma el cuerpo y los pasos posteriores de desarrollo no son más que
etapas de crecimiento de una entidad que permanece idéntica a sí misma y que
crece bajo reglas de autonomía, coordinación y gradualidad.
Es inadmisible que el
comienzo de la protección de una vida humana pueda ser acomodado a los
intereses biotecnológicos. Ante el avance del poder biotecnológico, es
necesario reforzar los bastiones jurídicos que defienden la dignidad de la
persona humana desde el primer momento de su existencia en la fecundación.
Fuentes:
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