sábado, 16 de noviembre de 2013

Decreto AD GENTES sobre la actividad misionera de la Iglesia (Capítulo VI y Conclusión)


CAPÍTULO VI

LA COOPERACI
ÓN


Introducción

35. Puesto que toda la Iglesia es misionera y la obra de la evangelización es deber fundamental del Pueblo de Dios, el Santo Concilio invita a todos a una profunda renovación interior a fin de que, teniendo viva conciencia de la propia responsabilidad en la difusión del Evangelio, acepten su cometido en la obra misional entre los gentiles.

Deber misionero de todo el Pueblo de Dios

36. Todos los fieles, como miembros de Cristo viviente, incorporados y asemejados a El por el bautismo, por la confirmación y por la Eucaristía, tienen el deber de cooperar a la expansión y dilatación de su Cuerpo para llevarlo cuanto antes a la plenitud (Cf. Ef., 4,13).

Por lo cual todos los hijos de la Iglesia han de tener viva conciencia de su responsabilidad para con el mundo, han de fomentar en sí mismos el espíritu verdaderamente católico y consagrar sus fuerzas a la obra de la evangelización. Conozcan todos, sin embargo, que su primera y principal obligación por la difusión de la fe es vivir profundamente la vida cristiana. Pues su fervor en el servicio de Dios y su caridad para con los demás aportarán nuevo aliento espiritual a toda la Iglesia, que aparecerá como estandarte levantado entre las naciones (Cf. Is., 11,12) "luz del mundo" (Mt. 5,14) y "sal de la tierra" (Mt., 5,13). Este testimonio de la vida producirá más fácilmente su efecto si se da juntamente con otros grupos cristianos según las normas del decreto sobre el ecumenismo.

De la renovación de este espíritu se elevarán espontáneamente hacia Dios plegarias y obras de penitencia para que fecunde con su gracia la obra de los misioneros, surgirán vocaciones misioneras y brotarán los recursos necesarios para las misiones.

Pero para que todos y cada uno de los fieles cristianos conozcan puntualmente el estado actual de la Iglesia en el mundo y escuchen la voz de los que claman: "ayúdanos" (Cf. Act., 16,9), facilítense noticias misionales, incluso sirviéndose de los medios modernos de comunicación social, que los cristianos, haciéndose cargo de su responsabilidad en la actividad misional, abran los corazones a las inmensas y profundas necesidades de los hombres y puedan socorrerlos.

Se impone también la coordinación de noticias y la cooperación con los órganos nacionales e internacionales.

Deber misionero de las comunidades cristianas

37. Viviendo el Pueblo de Dios en comunidades, sobre todo diocesanas y parroquiales, en las que de algún modo se hace visible, a ellas pertenece también dar testimonio de Cristo delante de las gentes.

La gracia de la renovación en las comunidades no puede crecer si no expande cada una los campos de la caridad hasta los confines de la tierra, y no tiene, de los que están lejos, una preocupación semejante a la que siente por sus propios miembros.

De esta forma, toda la comunidad ruega, coopera y actúa entre las gentes por medio de sus hijos, que Dios elige para esta empresa altísima.

Será muy útil, a condición de no olvidar la obra misional universal, mantener comunicación con los misioneros salidos de la misma comunidad, o con alguna parroquia o diócesis de las misiones para que se haga visible la unión entre las comunidades y redunde en edificación mutua.

Deber misionero de los Obispos

38. Todos los Obispos, como miembros del cuerpo episcopal, sucesor del Colegio de los Apóstoles, están consagrados no sólo para una diócesis, sino para la salvación de todo el mundo. A ellos afecta primaria e inmediatamente, con Pedro y bajo la autoridad de Pedro, el mandato de Cristo de predicar el Evangelio a toda criatura. De ahí procede aquella comunicación y cooperación de las Iglesias, tan necesaria hoy para proseguir la obra de evangelización. En virtud de esta comunión, cada una de las Iglesias, siente la solicitud de todas las obras, se manifiestan mutuamente sus propias necesidades, se comunican entre si sus bienes, puesto que la dilatación del cuerpo de Cristo es deber de todo el Colegio episcopal.

Suscitando, promoviendo y dirigiendo el Obispo la obra misional en su diócesis, con la que forma una sola cosa, hace presente y como visible el espíritu y el celo misional del Pueblo de Dios, de suerte que toda la diócesis se hace misionera.

El Obispo deberá suscitar en su pueblo, sobre todo entre los enfermos y oprimidos por las calamidades, almas que ofrezcan a dios oraciones y penitencias con generosidad de corazón por la evangelización del mundo; fomentar gustosos las vocaciones de los jóvenes y de los clérigos a los Institutos misioneros, complaciéndose de que Dios elija algunos para que se consagren a la actividad misional de la Iglesia; exhortar y aconsejar a las congregaciones diocesanas para que asuman su parte en las misiones; promover entre sus fieles las obras de Institutos misioneros, de manera especial las obras pontificias misionales. Estas obras deben ocupar el primer lugar, ya que son los medios de infundir en los católicos, desde la infancia, el sentido verdaderamente universal y misionero, y de recoger eficazmente los subsidios para bien de todas las misiones, según las necesidades de cada una.

Pero creciendo cada vez más la necesidad de operarios en la viña del Señor y deseando los sacerdotes diocesanos, participar cada vez más en la evangelización del mundo, el Sagrado Concilio desea que los Obispos, considerando la gravísima penuria de sacerdotes que impide la evangelización de muchas regiones, envíen algunos de sus mejores sacerdotes que se ofrezcan a la obra misional, debidamente preparados, a las diócesis que carecen de clero, donde desarrollen, al menos temporalmente, el ministerio misional con espíritu de servicio.

Y para que la actividad misional de los Obispos en bien de toda la Iglesia pueda ejercerse con más eficacia, conviene que las Conferencias Episcopales dirijan los asuntos referentes a la cooperación organizada del propio país. Traten los Obispos en sus Conferencias; del clero diocesano que se ha de consagrar a la evangelización de los gentiles; de la tasa determinada que cada diócesis debe entregar todos los años, según sus ingresos para la obra de las misiones; de dirigir y ordenar las formas y medios con que se ayude directamente a las mismas; de ayudar y, si es necesario, fundar Institutos misioneros y seminarios del clero diocesano para las misiones; de la manera de fomentar estrechas relaciones entre estos Institutos y las diócesis.

Es propio de las Conferencias Episcopales establecer y promover obras en que sean recibidos fraternalmente y ayudados con cuidado pastoral conveniente los que inmigran de tierras de misiones para trabajar y estudiar. Porque por ellos se acercan de alguna manera los pueblos lejanos y se ofrece a las comunidades ya cristianas desde tiempos remotos una ocasión magnífica de dialogar con los que no oyeron todavía el Evangelio y de manifestarles con servicio de amor y de asistencia la imagen auténtica de Cristo.

Deber misionero de los sacerdotes

39. Los presbíteros representan la persona de Cristo y son cooperadores del orden episcopal, en su triple función sagrada que se ordena a las misiones por su propia naturaleza. Estén profundamente convencidos que su vida fue consagrada también al servicio de las misiones. Y porque, comunicando con Cristo Cabeza, por su propio ministerio, centrado esencialmente en la Eucaristía - que perfecciona la Iglesia -, y conduciendo a otros a la misma comunicación, no pueden dejar de sentir lo mucho que les falta para la plenitud del Cuerpo, y cuánto por ende hay que trabajar para que vaya creciendo cada día. Por consiguiente, organizarán el cuidado pastoral de forma que sea útil a la dilatación de Evangelio entre los no cristianos.

Los presbíteros, en el cuidado pastoral, excitarán y mantendrán entre los fieles el celo por la evangelización del mundo, instruyéndolos con la catequesis y la predicación sobre el deber de la Iglesia de anunciar a Cristo a los gentiles; enseñando a las familias cristianas la necesidad y el honor de cultivar las vocaciones misioneras entre los propios hijos; fomentando el fervor misionero en los jóvenes de las escuelas y de las asociaciones católicas de forma que salgan de entre ellos futuros heraldos del Evangelio. Enseñen a los fieles a orar por las misiones y no se avergüencen de pedirles limosna, haciéndose mendigos por Cristo y por la salvación de las almas.

Los profesores de los seminarios y de las universidades expondrán a los jóvenes la verdadera situación del mundo y de la Iglesia para que comprendan claramente la necesidad de una más esforzada evangelización de los no cristianos. En las enseñanzas de las disciplinas dogmáticas, bíblicas, morales e históricas hagan notar los motivos misionales, que en ellas se contienen, para ir formando de este modo la conciencia misionera en los futuros sacerdotes.

Deber misionero de los Institutos de perfección

40. Los Institutos religiosos de vida contemplativa y activa tuvieron hasta ahora, y siguen teniendo, la mayor parte en la evangelización del mundo. El Sagrado Concilio reconoce gustoso sus méritos, y da gracias a Dios por tantos servicios prestados a la gloria de Dios y al bien de las almas, y les exhorta a que sigan sin desfallecer en la obra comenzada, sabiendo, como saben, que la virtud de la caridad, que deben cultivar perfectamente por exigencias de su vocación, les impulsa y obliga al espíritu y al trabajo verdaderamente católico.

Los Institutos de vida contemplativa tienen una importancia singular en la conversión de las almas por sus oraciones, obras de penitencia y tribulaciones, porque es Dios quien, por medio de la oración, envía obreros a su mies, abre las almas de los no cristianos, para escuchar el Evangelio y fecunda la palabra de salvación en sus corazones. Más aún: se ruega a estos Institutos que funden casas en los países de misiones, como ya lo han hecho algunos, para que, viviendo allí de una forma acomodada a las tradiciones genuinamente religiosas de los pueblos, den su precioso testimonio entre los no cristianos de la majestad y de la caridad de Dios, y de la unión en Cristo.

Los Institutos de vida activa, por su parte, persigan o no un fin estrictamente misional, pregúntense sinceramente delante de Dios si pueden extender su actividad para la expansión del Reino de Dios entre los gentiles; si pueden dejar a otros algunos ministerios, de suerte que dediquen también sus fuerzas a las misiones; si pueden comenzar su actividad en las misiones, adaptando, si es preciso, sus Constituciones, fieles siempre a la mente del Fundador; si sus miembros participan según sus posibilidades, en la acción misional; si su género de vida es un testimonio acomodado al espíritu del Evangelio y a la condición del pueblo.

Creciendo cada día en la Iglesia, por inspiración del Espíritu Santo, los Institutos seculares, su trabajo, bajo la autoridad del Obispo, puede resultar fructuoso en las misiones de muchas maneras, como señal de entrega plena a la evangelización del mundo.

Deber misionero de los laicos

41. Los laicos cooperan a la obra de evangelización de la Iglesia y participan de su misión salvífica a la vez como testigos y como instrumentos vivos, sobre todo si, llamados por Dios, son destinados por los Obispos a esta obra.

En las tierras ya cristianas, los laicos cooperan a la obra de evangelización, fomentando en sí mismos y en los otros el conocimiento y el amor de las misiones, suscitando las vocaciones en la propia familia, en las asociaciones católicas y en las escuelas, ofreciendo ayudas de cualquier género, para dar a otros el don de la fe, que ellos recibieron gratuitamente.

En las tierras de misiones, los laicos, sean extranjeros o nativos, enseñen en las escuelas, administren los bienes temporales, colaboren en la actividad parroquial y diocesana, establezcan y promuevan diversas formas de apostolado seglar para que los fieles de las Iglesias jóvenes puedan, cuanto antes, asumir su propio papel en la vida de la Iglesia.

Los laicos, por fin, presten de buen grado su cooperación económico - social a los pueblos en vías de desarrollo; cooperación que es tanto más de alabar, cuanto más se relacione con la creación de aquellas instituciones que atañen a las estructuras fundamentales de la vida social, y se ordenan a la formación de quienes tienen la responsabilidad de la nación.

Son signos de elogio especial los seglares que, con sus investigaciones históricas o científicas - religiosas promueven el conocimiento de los pueblos y de las religiones en las universidades o institutos científicos, ayudando así a los heraldos del Evangelio y preparando el diálogo con los no cristianos.

Colaboren fraternalmente con otros cristianos, y con los no cristianos, sobre todo con los miembros de asociaciones internacionales, teniendo siempre presente que "la edificación de la ciudad terrena se funda en el Señor y a Él se dirige".

Para cumplir todos estos cometidos, los laicos necesitan preparación técnica y espiritual, que debe darse en institutos destinados a este fin, para que su vida sea testimonio de Jesucristo entre los no cristianos según la frase del Apóstol: "No seáis objeto de escándalo ni para Judíos, ni para Gentiles, ni para la Iglesia de Dios, lo mismo que yo procuro agradar a todos en todo, no buscando mi conveniencia, sino la de todos para que se salven" (1Cor., 10,32-33).

CONCLUSIÓN

42. Los Padres del Concilio, juntamente con el Romano Pontífice, sintiendo vivamente la obligación de difundir en todas partes el Reino de Dios, saludan con gran amor a todos los heraldos del Evangelio, sobre todo a los que padecen persecución por el nombre de Cristo, hechos partícipes de sus sufrimientos.

Ellos se encienden en el mismo amor en que ardía Cristo por los hombres. Pero, sabedores de que es Dios quien hace que su Reino venga a la tierra, ruegan juntamente con todos los fieles cristianos que, por intercesión de la Virgen María, Reina de los Apóstoles, sean atraídos los gentiles cuanto antes al conocimiento de la verdad (Cf. 1 Tim., 2,4), y la claridad de Dios que resplandece en el rostro de Cristo Jesús, brille para todos por el Espíritu Santo (Cf. 2 Cor., 4,6).

Todas y cada una de las cosas contenidas en este Decreto han obtenido el beneplácito de los Padres del Sacrosanto Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostólica recibida de Cristo, juntamente con los Venerables Padres, las aprobamos, decretamos y establecemos en el Espíritu Santo, y mandamos que lo así decidido conciliarmente sea promulgado para gloria de Dios.

Roma, en San Pedro, 7 de diciembre de 1965.

Yo, PABLO, Obispo de la Iglesia católica.

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