domingo, 6 de noviembre de 2016

¿Es lícito para un católico usar cenizas de un difunto en una “urna ecológica”? 06112016

¿Es lícito para un católico usar cenizas de un difunto en una “urna ecológica”?

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VATICANO, 06 Nov. 16 / 04:05 pm (ACI).- Un experto sacerdote y consultor de la Congregación para la Doctrina de la Fe en el Vaticano explica que no es lícito para un católico utilizar las cenizas de un difunto en las llamadas “urnas ecológicas”, recipientes que actualmente ofrecen algunas empresas para conservar así los restos de los muertos.
En los últimos tiempos se ha puesto de moda diferentes modos de usar las cenizas de los difuntos: diamantes, objetos conmemorativos o recipientes ecológicos. Al respecto, el P. Ángel Rodríguez Luño, consultor de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que presentó la instrucción Ad resurgendum cum Christo en el Vaticano el pasado 25 de octubre junto con el Cardenal Gerhard Müller, aseguró a ACI Prensa que “la Iglesia anima a que las cenizas se conserven en el cementerio o en un lugar sagrado”.
Por ello, “la conservación en casas, esparcirlas en el mar o estos nuevos modos de hacer objetos decorativos o plantas con ellas no está de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia y no es coherente con la tradición cristiana”.
Sobre la conservación de las cenizas en casas o su conversión en objetos decorativos, el consultor de la Congregación para la Doctrina de la fe dijo a ACI Prensa que lo que suele suceder es que “la primera generación lo guarda con gran cariño pero para las siguientes generaciones el apego es menor y se convierte en algo parecido a una carga, y en muchas ocasiones las cenizas o los objetos acaban relegados o incluso perdidos”.
Las urnas ecológicas se han puesto de moda a través de varias empresas funerarias que ofrecen estos servicios.
Entre otros se ofrece, insertar las cenizas de la persona difunta en una urna o maceta que se deja en el mar o río para que se biodegraden con el tiempo. También hay urnas hechas de sales efervescentes que al contacto con el agua se disuelven con las cenizas del fallecido en su interior.
Además también existen otras que se ofrecen para insertar una planta dentro de la urna, que posteriormente se coloca en algún lugar para que se integre con la naturaleza.
En ese sentido el P. Rodríguez Luño resaltó que “hay que tener en cuenta que la Iglesia no coacciona a nadie y respeta los modos de hacer, pero da las pautas y la información sobre lo que es coherente y no con la tradición cristiana para que cada uno pueda elegir en consecuencia”.
“La tradición cristiana desde siempre ha tenido muy en cuenta la sepultura, por eso los primeros cristianos se enterraban en las catacumbas”, aseguró y precisó la importancia de “tener un lugar físico para que los familiares y todo el que lo desee pueda ir a rezar por esos difuntos cuando pasen los años”.
El P. Rodríguez Luño explicó que históricamente, en grandes batallas con cientos de fallecidos, “siempre se ha hecho un monumento a los caídos, y una vez al año se les lleva una corona de flores, se celebra una misa y se recuerda a aquellos cuyos cadáveres no se ha podido conservar”.
El sacerdote insistió en que al guardarse en un cementerio, columbario o lugar sagrado adaptado facilita que se pueda ir a rezar ante el difunto y se trata “del modo más coherente con la tradición cristiana que guarda el sentido de la Resurrección”.
Instrucción Ad Resurgendum cum Christo
El documento recientemente presentado sobre la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación apunta que “la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica ya que la cremación del cadáver no toca el alma” ni tampoco niega “la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo”.
Esta instrucción también precisa que la cremación es lícita, pero las cenizas deben conservarse en un lugar sagrado y desde la Congregación para la Doctrina de la Fe insisten en que está totalmente prohibida “la conservación de las cenizas en el hogar”, algo que solo se permite “en casos graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local” y con el permiso del obispo.
Las cenizas, recuerda el documento, “no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar el respeto y condiciones adecuadas de conservación”.
La Iglesia también insiste en que no puede permitir “actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como la anulación definitiva de la persona o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de reencarnación o como la liberación definitiva de la ‘prisión del cuerpo’”

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