El arrepentimiento o contrición es indispensable para recibir el perdón de Dios.
Por: Catholic.net | Fuente: Catholic.net
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El único pecado que no tiene perdón es el pecado contra el Espíritu Santo. ¿Y en qué consiste este pecado? Consiste en cerrarse de mente y de corazón a la acción del Espíritu Santo (cfr. Lc. 12, 10). Y no se perdona, porque al no dejarse la persona influir por el Espíritu Santo, no puede arrepentirse, y sin arrepentimiento no puede haber perdón. En realidad el pecado contra el Espíritu Santo es el rechazo a la gracia de Dios y al arrepentimiento final: es el rechazo a Dios inclusive hasta el momento de la muerte.
El arrepentimiento o contrición es indispensable para recibir el perdón de Dios. Así define la contrición el Catecismo de la Iglesia Católica: “un dolor del alma y una detestación del pecado cometido con la resolución de no volver a pecar”. (CIC #1451)
Existe la “contrición perfecta”, que es un regalo del Espíritu Santo y consiste en optar por Dios y rechazar el pecado, porque preferimos a Dios más que a cualquier otra cosa. La “contrición perfecta” brota, entonces, del amor a Dios sobre todas las cosas. Este tipo de arrepentimiento perdona las faltas veniales y obtiene también el perdón de los pecados mortales, siempre y cuando tengamos la firme resolución de confesar esos pecados graves en el Sacramento de la Confesión enseguida que nos sea posible. (cfr. Caatecismo de la Iglesia Católica #1452)
Existe además la “contrición imperfecta” o “atrición”, también impulso del Espíritu Santo, por la cual nos arrepentimos de nuestros pecados debido al temor a la condenación eterna o porque podemos apreciar la fealdad del mismo pecado. Este tipo de arrepentimiento, aunque imperfecto, es suficiente para obtener el perdón de pecados mortales o veniales en el Sacramento de la Confesión. (cfr. Catecismo de la Iglesia Católica #1453)
Sobre si el suicidio se perdona, he aquí lo que dice el Catecismo de la Iglesia al respecto: “No se debe desesperar de la salvación eterna de aquellas personas que se han dado muerte. Dios puede haberles facilitado, por caminos que El solo conoce, la ocasión de un arrepentimiento salvador. La Iglesia ora por las personas que han atentado contra su vida”. (Catecismo de la Iglesia Católica #2283)
Sólo Dios es dueño de cada vida humana. No podemos disponer de nuestra vida y de la de los demás según nuestros deseos y criterios. El mandamiento “No matar” se aplica a la muerte a uno mismo y a la muerte a los demás, incluyendo a los bebés que están aun en el vientre de su madre y desde el primer instante de su concepción, por lo que el aborto, en cualquier momento del embarazo también es un pecado grave. Otro pecado contra la vida es la eutanasia o asesinato misericordioso, que consiste en acabar con la vida de un enfermo terminal. Nadie tiene derecho, ni el enfermo, ni los médicos en decidir el momento de la muerte, por lo que el llamado “suicidio asistido” también es un pecado grave en el que está comprometido también el que colabora en suspender una vida humana.
Ahora bien, por más graves que sean estos pecados contra la vida, todos tienen perdón de Dios si se cumple con el debido arrepentimiento y, para los católicos, con la Confesión.
El arrepentimiento o contrición es indispensable para recibir el perdón de Dios. Así define la contrición el Catecismo de la Iglesia Católica: “un dolor del alma y una detestación del pecado cometido con la resolución de no volver a pecar”. (CIC #1451)
Existe la “contrición perfecta”, que es un regalo del Espíritu Santo y consiste en optar por Dios y rechazar el pecado, porque preferimos a Dios más que a cualquier otra cosa. La “contrición perfecta” brota, entonces, del amor a Dios sobre todas las cosas. Este tipo de arrepentimiento perdona las faltas veniales y obtiene también el perdón de los pecados mortales, siempre y cuando tengamos la firme resolución de confesar esos pecados graves en el Sacramento de la Confesión enseguida que nos sea posible. (cfr. Caatecismo de la Iglesia Católica #1452)
Existe además la “contrición imperfecta” o “atrición”, también impulso del Espíritu Santo, por la cual nos arrepentimos de nuestros pecados debido al temor a la condenación eterna o porque podemos apreciar la fealdad del mismo pecado. Este tipo de arrepentimiento, aunque imperfecto, es suficiente para obtener el perdón de pecados mortales o veniales en el Sacramento de la Confesión. (cfr. Catecismo de la Iglesia Católica #1453)
Sobre si el suicidio se perdona, he aquí lo que dice el Catecismo de la Iglesia al respecto: “No se debe desesperar de la salvación eterna de aquellas personas que se han dado muerte. Dios puede haberles facilitado, por caminos que El solo conoce, la ocasión de un arrepentimiento salvador. La Iglesia ora por las personas que han atentado contra su vida”. (Catecismo de la Iglesia Católica #2283)
Sólo Dios es dueño de cada vida humana. No podemos disponer de nuestra vida y de la de los demás según nuestros deseos y criterios. El mandamiento “No matar” se aplica a la muerte a uno mismo y a la muerte a los demás, incluyendo a los bebés que están aun en el vientre de su madre y desde el primer instante de su concepción, por lo que el aborto, en cualquier momento del embarazo también es un pecado grave. Otro pecado contra la vida es la eutanasia o asesinato misericordioso, que consiste en acabar con la vida de un enfermo terminal. Nadie tiene derecho, ni el enfermo, ni los médicos en decidir el momento de la muerte, por lo que el llamado “suicidio asistido” también es un pecado grave en el que está comprometido también el que colabora en suspender una vida humana.
Ahora bien, por más graves que sean estos pecados contra la vida, todos tienen perdón de Dios si se cumple con el debido arrepentimiento y, para los católicos, con la Confesión.
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