martes, 3 de marzo de 2020
¿Para quiénes es, o no es querida la «Querida Amazonía»? (Leonardo Boff) 29022020
¿Para quiénes es, o no es querida
la
«Querida Amazonía»?
2020-02-29
El Papa Francisco es el
campeón mundial en la defensa de la Madre Tierra y de todo lo que sostiene su
supervivencia. He leído con atención y gran entusiasmo su «Exhortación
Apostólica “Querida Amazonía”». En ella considera un verdadero crimen lo que se
está haciendo ahora en la Amazonía. Contrapone 4 sueños centrales: el social, el
cultural, el ecológico y el eclesial.
¿Cómo no quedar encantado con afirmaciones como ésta, entre
otras muchas, clara expresión de una ecología integral y cósmica?:
«Somos agua, aire, tierra y vida del medio ambiente creado
por Dios. Por lo tanto, pedimos que cesen los maltratos y el exterminio de la
Madre Tierra. La Tierra tiene sangre y se está desangrando, las multinacionales
le han cortado las venas a nuestra Madre Tierra».
Estoy plenamente de acuerdo con este tipo de lenguaje y de
denuncia, y especialmente con los 3 primeros sueños, que van en la línea de la
“Laudato Sí: sobre el cuidado de la Casa Común”.
Tres sueños y medio, y una pesadilla
La primera parte del 4º sueño sigue el estilo de gran
belleza de los sueños anteriores. Sin embargo, la segunda parte de este cuarto
sueño me parece más bien una pesadilla. El tono antes profético, ético
ecológico y poético de los tres primeros, se ha evaporado. ¿Estará ahí la
presencia de otra mano?
Me atrevo a pensar que esta parte está bajo el dominio del
viejo paradigma cultural latino, clerical y masculinista. Y se niega a los
indígenas el derecho divino de recibir el cuerpo y la sangre de Cristo de manos
de sus viri probati casados y ordenados. Son impedidos por la aplicación
de una ley humana eclesiástica: el celibato. Otros teólogos lo han afirmado, y
yo lo enfatizo: “no podemos colocar la cuestión del celibato por encima de
la celebración de la Eucaristía”.
Esa parte del cuarto sueño, tengo la clara impresión de que
viene de otra mano, y de otro espíritu, diferente de aquel al que nos tiene
acostumbrados el Papa Francisco. Lo confirma claramente el obispo Erwin
Kräutler, de la Amazonía, figura central en el Sínodo panamazónico: “muchas
personas, y yo mismo, hallamos esta parte muy extraña porque, realmente, cambia
de estilo, como si el escrito papal hubiera sufrido una intervención en
la parte más controvertida de la Exhortación Apostólica”.
En esta parte habla, no el pastor, sino el doctor. No aquel
que tiene coraje para enfrentarse al sistema anti-vida, sino aquel que se rinde
a los temores y a la presión de los grupos conservadores, posiblemente por el
riesgo de una escisión dentro de la Iglesia. El temor siempre frena o posterga
las innovaciones, por excesiva prudencia. Eso me hace recordar las palabras de
Dante Alighieri en la «Divina Comedia»: “nel pensier rinova la paura” (Inferno
I, verso 4).
Con referencia al punto importante del ministerio
sacerdotal, el “autor” prefiere el eclesiástico tradicional al indígena amazónico.
Al rosto amazónico de la Iglesia prefiere, en el punto del ministerio
sacerdotal, el rosto romano-latino occidental. A semejanza de los que imponen
la recolonización económica de América Latina, el “autor” ha preferido la
recolonización latino-romana y occidental de la Iglesia amazónica. Frente a
aquellos, que, con mayoría de votos en el Sínodo panamazónico, aceptaron la
ordenación de “viri probati”, el “autor” optó por la minoría que lo
rechazó.
¿Por quiénes no es querida la “Querida Amazonía”?
Seguramente no es “querida” por el presidente de Brasil,
Jair Messias Bolsonaro, de extrema derecha, anti-amazónico y anti-indígena. No
es “querida” por los madereros, ni por los “garimperos” del oro, y las empresas
nacionales e internacionales que piensan en las minerías, en las hidroelétricas
y en la explotación de las riquezas naturales amazónicas. Pero eso era de
esperar.
Pero lo que no era de esperar, en lo que atañe a la
inculturación del ministerio sacerdotal, era la no aceptación al sacerdocio de
los indigenas viri probati. Por eso la “Querida Amazonía” no es
“querida” para estos indígenas casados e impedidos de ser ordenados. No es
“querida” para las mujeres, a las cuales se les niega el diaconado femenino, y
además se les advierte –de forma infundada a mi juicio– del riesgo de
clericalismo. Ni es “querida”, especialmente, para tantos teólogos/as y
obispos, misioneros y misioneras que están en medio de los indígenas, como lo
ha manifestado claramente el ya referido obispo Erwin Kräutler desde el corazón
de la Amazonía (Xingú). Verdaderamente, todos esperaban la aprobación de los viri
probati: indígenas casados y ordenados con rostro verdaderamente amazónico.
No ha sido así. En sus textos sobre ecología y economía el
Papa Francisco ha sabido escuchar a la ciencia. En lo que atañe a este
específico ministerio sacerdotal, el “autor” parece que no se permitió
consultar a una persona experta en el tema de los ministerios, el cardenal
Walter Kasper, amigo y muy cercano al Papa Francisco. En sus escritos expuso
las mejores reflexiones sobre la función/misión del presbítero en la Iglesia,
basado en el Vaticano II. Su posición va en una dirección muy diferente a la
que está representada por el “autor” en la exhortación “Querida Amazonía”. Con
esta visión que mantiene el régimen occidental, clerical y celibatario, no se
puede pensar una Iglesia amazónica de rostro verdaderamente indígena.
La especificidad del sacerdote no es concentrar poder sino
coordinar y presidir la comunidad
La visión de ese texto en el cuarto sueño se retrotrae al
Concilio IV Lateranse, de 1215, bajo Inocencio III, que afirma “nemo potest
conficere sacramentum nisi sacerdos rite ordinatus” (“nadie puede realizar
el sacramento eucarístico a no ser que sea sacerdote, ordenado según el rito”).
La eclesiología de este sueño sigue el rigor del Concilio de Trento, que en la
sesión XIII del 11 de octubre de 1551, bajo el Papa Julio III, reafirmó la
misma doctrina exclusivista.
Según la mejor eclesiología nacida del Concilio Vaticano
II, la función/misión específica del presbítero debe ser pensada, no de forma
«absoluta» [sin vinculación a una entidad eclesial o iglesia particular], sino
siempre dentro del Pueblo de Dios y en el contexto de la comunidad.
Su singularidad no es consagrar «absolutamente»,
como si fuera un mago, sino ser en la comunidad principio de cohesión y de
unidad de todos los servicios y carismas. No es la de concentrar
sino la de coordinar. Por el hecho de presidir la comunidad, preside
también la celebración eucarística.
El problema surge cuando, sin culpa, no hay un sacerdote
presente y la comunidad, como lo reconoce la exhortación, “debido en parte a la
inmensa extensión territorial, con muchos lugares de difícil acceso” (nº 85) no
puede tenerla.
En el texto se plantea con gran realismo el problema –y
aquí aparece la mano del Papa Francisco–: “¿Será posible evitar pensar en una
inculturación del modo como se estructuran y viven los misterios eclesiales?”
(nº 85). Y añade con sinceridad: “es necesario conseguir que la ministerialidad
se configure de tal manera que esté al servicio de una mayor frecuencia de la
celebración de la Eucaristía, incluso en las comunidades más remotas y
escondidas” (nº 86). Esta situación es absolutamente verdadera. Pero el “autor”
no la consideró así y no propició la configuración del ministerio como sería
necesario.
Es aquí donde la eclesiología de comunión podía haber
ayudado mucho al “autor” en su concepción de poder consagrar. Esta predominó en
todo el primer milenio, como la investigación histórica ha demostrado
inequívocamente.
Durante mil años: quien presidía la comunidad presidía también la
eucaristía
La ley básica en aquellos tiempos era: quien preside la
comunidad, presida también la Eucaristía. Podía ser un obispo, un
presbítero, un profeta o un confesor, incluso un laico, según Tertuliano, que
era un eximio teólogo laico.
Si esto es verdad, ¿por qué negar a un indígena casado
presidir su comunidad y presidir también la celebración eucarística?
En esta parte se realiza lo que los eclesiólogos llaman
“cefalización” de la Iglesia. Todo poder se concentra en la “cabeza”, en el
Papa o en el clero, prescindiendo totalmente de la comunidad.
En esta visión reduccionista el “autor” pensó sólo en el sacerdote
con el poder de consagrar de forma exclusiva y «absoluta», sin conexión con la
comunidad. Entonces surge una contradicción: Un sacerdote puede celebrar
solo, sin la comunidad, pero la comunidad no puede celebrar sola sin el
sacerdote.
En los mil años siguientes: sólo consagra quien es consagrado en
el Sacramento del Orden
Esta visión se deriva no de cuestiones teológicas sino de
cuestiones políticas: las disputas de poder entre el Imperium y el Sacerdotium,
entre los Papas y los Emperadores. ¿Quién tiene, en ultimo término, el poder?
Esto aparece claramente bajo Gregorio VII (1077). Con él se desplazó el eje de
la comunidad hacia el eje del poder sagrado (sacra potestas). El poder
absoluto lo posee el Papa. Recordemos su Dictatus Papae –que bien traducido
es: la dictadura del Papa–. Todo el poder está en la cabeza, es decir,
en el Papa y en quien él delega. Los portadores del poder sagrado serán
exclusivamente los ordenados en el sacramento del Orden, es decir, los de la
jerarquía eclesiástica. La comunidad de los fieles ya no cuenta.
El padre Yves Congar, el más erudito y notable eclesiólogo
del siglo XX, denunció esta peligrosa desviación teológica con consecuencias
perjudiciales para toda la eclesiología posterior, que perdura hasta hoy día. En
la exhortación “Querida Amazonía” resuena todavía este tipo de eclesiología del
poder, desgarrada de la comunidad.
Por eso no dejan de causar perplejidad las afirmaciones:
“Es importante determinar lo que es específico del sacerdote, aquello
que no se puede delegar. La respuesta está en el sacramento del Orden
Sagrado, que lo configura a Cristo sacerdote... El carácter exclusivo
recibido en el Orden le deja habilitado sólo a él para presidir la
Eucaristía; ésta es su función específica, principal y no delegable”
(nº 87).
Es en este punto –supongo yo, con otros– en donde aparece
una “mano exterior”, con su eclesiología del poder específico e indelegable de
consagrar, visión sacerdotalista, tardía y desvinculada de la comunidad de fe.
Con esta visión en vano se puede realizar una inculturación del ministerio
sacerdotal a indígenas viri probati casados que conferirían un rostro
verdaderamente amazónico a la Iglesia. Una vez más se prolonga un cristianismo
de colonización dentro del paradigma romano-católico, occidental y celibatario.
Para sanar este tipo de recolonización hay que volver a la
eclesiología del primer milenio, que establecía una conexión íntima entre la
comunidad y su presidente. No hay que olvidar el canon 6 del Concilio de
Calcedonia (451), válido para la Iglesia oriental hasta hoy, y para la
occidental sólo hasta los siglos XII-XIII. En ésta, la occidental, todo cambió
por las disputas políticas sobre el poder entre los Papas y los Emperadores. El
lugar de la visión comunional del primer milenio, se impuso la visión
jurídico-canónica de la sacra potestas de los inicios del segundo
milenio. Dice el canon 6:
“Nadie sea ordenado de manera «absoluta», ni un
sacerdote ni un diácono, si no le fuere asignado de forma precisa una iglesia
urbana, o rural, o un martyrion, o monasterio. Aquellos que fueron ordenados de
forma absoluta, el santo Concilio decidió que su ordenación será nula y no
acaecida... y no podrán en parte alguna ejercer sus funciones”. Aquí
aparece clara la conexión entre la comunidad y el celebrante de la Eucaristía.
Ahora emerge un problema teológico que debe ser tomado en
serio: existe el derecho divino de todos los fieles de recibir el cuerpo
y la sangre de Jesús (Jn 6,35) y de celebrar su memoria (Lc 22,19; 1Cor 11,25).
Este derecho divino no puede ser negado en razón de una ley
humana que lo vincula exclusivamente a una persona, al sacerdote célibe, sin el
cual este derecho divino no puede realizarse. Lo divino está siempre y sin
ninguna excepción por encima de lo humano.
Es Cristo quien bautiza, perdona y consagra, no el sacerdote
Por otra parte hay que recordar algo con consecuencias
fundamentales: después del sumo sacerdocio de Cristo no hay más sacerdotes in
se en la Iglesia. Quien lleva este nombre –sacerdote– es solamente un representante
del sacerdocio de Cristo. Es Cristo quien bautiza, es Cristo quien perdona,
es Cristo quien consagra. El sacerdote no tiene en sí mismo el poder de
consagrar. Solamente el de representar y de actuar “in persona Cristi”,
en lugar de Cristo, pero sin sustituirlo. El sacerdote hace visible a
Cristo-Sacerdote invisible.
¿Por qué en ausencia del sacerdote, por razones que no
dependen de la comunidad, otro cristiano laico, “vir probatus” por la
comunidad y casado, no puede representar a Cristo, hacerlo visible, una vez
que, por el bautismo, también él participa del sacerdocio de Cristo?
Además el Concilio Vaticano II, resumiendo la Tradición,
dice con acierto: “no se edifica ninguna comunidad cristiana si no tiene como
raíz y centro la celebración de la Santísima Eucaristía” (PO 6).
Negando la ordenación de viri probati indígenas, se
les niega la posibilidad de edificar la comunidad cristiana. Este derecho
divino no se les puede negar en nombre de una ley humana y cultural como el
celibato, ni por una eclesiología entre otras, que entiende como exclusivo el
poder de consagrar. ¿Aquí entonces no vale la inculturación tan
convincentemente desarrollada en la exhortación “Querida Amazonía"? ¿No se
impide ésta, por razones eclesiológicas extrañas, que terminan por inviabilizar
el rostro indígena y amazónico de la Iglesia, al negar la ordenación de viri
probati indígenas y casados?
Las 24 Iglesias también católicas sin la ley del celibato
Es iluminador en este contexto recordar que hay otras 24
Iglesias, que son también católicas pero no romanas, como la copta, la
melquita, la maronita, la etíope, la bizantina griega, la armenia, la siríaca,
la caldea... y otras. En todas ellas hay sacerdotes casados y sacerdotes
célibes. No por eso ellas son menos «Iglesia católica» que la romana.
¿Por qué razón la Iglesia católica romana es tan inflexible
con referencia a la ley del celibato, condición para ser ordenado sacerdote?
Sabemos que la ley del celibato surgió lentamente en la Iglesia y que en la
historia ha sido siempre un problema, siendo violada por papas, cardenales,
obispos y presbíteros. Y en los últimos años ha salido a la luz, en los más
altos eslabones de la Curia vaticana, la violación del celibato, agravada por
los crímenes de pedofilia, que son también una forma de violar el sentido del
celibato.
En la exhortación “Querida Amazonía” el tema de la
inculturación en las culturas indígenas y amazónicas, por razones ya aducidas,
no ha sido llevado hasta las últimas consecuencias, hasta la raíz. Como se
sabe, en la cultura indígena no existe la figura del indígena célibe.
Todos viven con su pareja. Y así sería el sacerdote indígena.
Viri probati
indígenas: rehenes de la cultura romana, latina, occidental y celibataria
Impedir que viri probati indígenas casados sean sacerdotes
significa no encarnarse en la totalidad de su cultura. En ella el sacramento
eucarístico debería ser celebrado por un sacerdote indígena casado. Al no
encarnarse en plenitud, se condena a los indígenas a continuar rehenes, en lo
que atañe al sacramento del Orden, de la cultura romana, latina, occidental y
celibataria. Esto es no hacerles justicia, pues tienen el derecho divino de
recibir, al modo de su cultura, la presencia eucarística del Señor.
El supplet Eclesia y el ministro extraordinario de la
Eucaristía
A pesar de esta limitación en la comprensión de quien
preside la eucaristía, la comunidad cristiana puede recurrir a otro expediente
eclesiológico asegurado en la tradición, el famoso “supplet Ecclesia”. Aclaro:
el indígena casado que ya preside la comunidad, puede presidir la celebración
de la cena del Señor supliendo al sacerdote célibe ausente, a título de
“suplencia por parte de la Iglesia”. Actuaría como ministro extraordinario
de la Eucaristía, y lo con la intención de estar con la Iglesia (cum
Ecclesia), jamás contra la Iglesia (contra Ecclesiam), y de hacer
todo lo que haría el sacerdote si estuviera presente.
Toda situación extraordinaria demanda también una solución
extraordinaria: la legitimidad del laico indígena y casado, de presidir la
celebración de la cena y la memoria del Señor. La necesidad no conoce ley. El ordo
caritatis (el orden de la caridad) y la solicitud para la salus animarum
(para la salvación de las almas) y la oeconomía salutis (el proceso
histórico de la salvación) sustentan teológicamente tal práctica.
La misma visión se encuentra en el sistema
jurídico-canónico de la Iglesia. El Derecho Canónico dice explícitamente que la
ley suprema en la Iglesia es siempre la “salvación de las almas” (canon
1752). ¿Esto no implicaría también el acceso al sacramento del Orden, sin las
limitaciones impuestas por leyes humanas?
Es injusto mantener a las mujeres como cristianas inferiores
Dejemos aparte el tema del diaconado de las mujeres,
igualmente negado en la exhortación. Tal negación no supera, desgraciadamente
como se esperaba, la cuestión de género y hace a las mujeres, por más
comprometidas que estén en las comunidades, cristianas inferiores, de segunda
categoría, como lo afirma además la cultura machista todavía dominante con
referencia a ellas. Bien se podría romper en la Iglesia con esta tradición tan
injusta. Para las mujeres no valen los 7 sacramentos; para ellas solamente cuentan
6, porque están excluidas del Ordo.
Recordemos que Santo Tomás de Aquino, en su doctrina sobre
los sacramentos, afirmaba que el bautismo es el sacramento de iniciación a la
vida cristiana y simultáneamente es la iniciación para todos los demás sacramentos
y por eso contiene los 7 sacramentos. Según esta comprensión del Doctor
Angélico, por el hecho de ser mujer, esta, la mujer, recibe un bautismo menor
porque le falta el contenido del sacramento del Ordo.
Pero no queremos olvidar una flagrante paradoja: una
mujer puede engendrar un hijo que es el Hijo de Dios. Esta misma mujer, que ha
engendrado a este hijo que es el Hijo de Dios, no puede representar a su hijo
que es Hijo de Dios. Sólo por el hecho de ser mujer. Las Escrituras dicen
que esta mujer, María, “es bendita entre todas las mujeres” (Lc 1,41). Pero
parece que no es suficientemente bendita para representar a su propio Hijo que
es el Hijo de Dios encarnado.
Añado también el hecho de que las mujeres nunca
traicionaron a Jesús, como sí lo hicieron Pedro y los apóstoles, que lo
abandonaron. Fueron siempre fieles, y fueron ellas las primeras testigos del
hecho mayor de la fe, que es la Resurrección. Solamente por tales razones,
deberían tener un lugar central dentro de la Iglesia, si ésta no estuviera
atada a la cultura latino-occidental masculinista.
Nada es más fuerte que una idea, cuando alcanza su punto de
maduración
Todo lo que he escrito no significa una falta de lealtad al
Papa Francisco, que es inquebrantable en mí. Pero vale el dicho antiguo: Amicus
Plato, sed magis amica véritas [soy amigo de Platón, pero más amigo de la
verdad (Aristóteles) ndt.]. Compete al teólogo buscar caminos nuevos para
problemas nuevos, siempre al servicio de las comunidades cristianas y de la
propia Iglesia universal.
Como ya se dijo: “Nada es más fuerte que una idea cuando le
llega el momento de su realización”. Llegará este momento para los viri
probati indígenas, y principalmente para las mujeres dentro de la Iglesia
romano-católica. ¡Pero cómo se demora...!
A pesar de estas limitaciones internas, la «Exhortación
Apostólica Querida Amazonía» es, en este momento crucial de la crisis ecológica
como emergencia planetaria, la más decidida y valiente defensa de la Amazonía,
presente en 9 países, fuente de vida para toda la humanidad, garantía del
futuro de la Tierra y esperanza de la salvaguardia de nuestra civilización. Por
eso no acabamos de agradecer al Papa Francisco este servicio profético en
beneficio de toda la Humanidad, y para todos aquellos que aman y cuidan este
bello y esplendoroso Planeta, nuestra Casa Común, la grande y generosa Madre
Tierra.
Página de Leonardo
Boff
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