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jueves, 19 de octubre de 2017

¿Puede ser sacerdote un homosexual? (Temas actuales)

¿Puede ser sacerdote un homosexual?
La Iglesia no nace según los deseos y los proyectos de los hombres, sino que viene de Dios


Por: P. Clemente González | Fuente: Catholic.net 





La vocación sacerdotal es un tesoro para la vida de la Iglesia. Cada sacerdote hace presente a Jesús entre los hombres, a través de la celebración de los sacramentos, de la predicación, de su continuo acoger, aconsejar, servir a personas de todas las edades y clases sociales.

Por eso resulta tan importante discernir bien quién ha recibido de Dios la vocación para este servicio tan importante, y quién no ha recibido la llamada divina. A la vez, es sumamente importante formar bien a los que se sienten llamados a ser sacerdotes, y orientarles hacia la madurez necesaria para realizar dignamente, con verdadera caridad pastoral, su servicio a la Iglesia.

El Magisterio de la Iglesia ha elaborado, durante siglos, una serie de criterios y normas para el discernimiento vocacional y para lograr una excelente formación de los seminaristas. Por motivos tristemente famosos, últimamente los obispos han tenido que intervenir en diversas ocasiones sobre el tema de la madurez afectiva y de la integridad moral de los sacerdotes, frente a escándalos que han herido profundamente a los fieles.

La Congregación para la educación católica acaba de publicar una “Instrucción sobre los criterios de discernimiento vocacional en relación con las personas de tendencias homosexuales antes de su admisión al seminario y a las Órdenes Sagradas”, firmada con fecha 4 de noviembre de 2005, y dada a la luz pública el 29 de noviembre de ese mismo año. Esta Instrucción quiere recordar algunos criterios a tener presentes en la delicada tarea de discernir quiénes son llamados al sacerdocio.

La Instrucción se coloca, como explica la introducción, en continuidad con las enseñanzas del Concilio Vaticano II y de los distintos documentos del Magisterio católico sobre la formación sacerdotal. Por lo mismo, no toca puntos ya tratados en otros textos, ni “pretende tratar todas las cuestiones de orden afectivo o sexual que requieren atento discernimiento a lo largo del período formativo” (p. 4). Se limita a un tema muy concreto, “que las circunstancias actuales han hecho más urgente, a saber, la admisión o no admisión al Seminario y a las Órdenes Sagradas de candidatos con tendencias homosexuales profundamente arraigadas” (p. 4).

Son tres los puntos considerados en las pocas páginas del texto. El primero, “Madurez afectiva y paternidad espiritual” (n. 1), recuerda algunos elementos centrales para comprender el sentido del sacerdocio. Subraya especialmente la necesidad de lograr aquella madurez afectiva que permita a cada sacerdote una correcta relación con los hombres y mujeres con los que entrará en contacto a través de su servicio pastoral.

Alguno podría preguntar por qué es tan breve este punto, y la respuesta es sencilla: porque ya existen otros documentos dedicados a este tema. Entre ellos podríamos recordar dos sumamente interesantes, publicados por la Congregación para la educación católica: “Orientaciones para la educación en el celibato sacerdotal” (11 de abril de 1974), y “Orientaciones educativas sobre el Amor Humano. Pautas de educación sexual” (1 de noviembre de 1983).

El segundo punto es quizá el más delicado: “La homosexualidad y el ministerio ordenado” (n. 2). A pesar de lo que puedan decir algunos medios de comunicación, el texto no dice prácticamente nada nuevo, pues se limita a recoger la enseñanza de la Iglesia católica sobre la homosexualidad. En especial, recuerda que los actos homosexuales son pecado grave (como lo son los actos sexuales realizados fuera del matrimonio o sin el contexto de amor y apertura a la vida que son propios de tales actos). Decir lo anterior no significa afirmar que todo homosexual es un pecador: una cosa es la tendencia homosexual y otra cosa son los actos homosexuales. En otras palabras, no se trata de condenar a las personas, sino de analizar una problemática particular.

Por eso el texto hace presente una idea ya conocida en la doctrina católica: “las tendencias homosexuales profundamente arraigadas, que se encuentran en un cierto número de hombres y mujeres, son también [...] objetivamente desordenadas y frecuentemente constituyen, también para ellos, una prueba” (p. 5). Estas afirmaciones recogen lo que explica el “Catecismo de la Iglesia Católica”, nn. 2357-2358, y otros documentos eclesiales.

El que haya personas con esta situación no debe ser motivo para discriminarlas. El documento dice explícitamente: “Tales personas deben ser acogidas con respeto y delicadeza; se evitará toda discriminación injusta” (p. 5). Entonces, alguno dirá, ¿por qué no pueden ser admitidas al sacerdocio? El motivo está en su problemática personal: el tener “tendencias homosexuales profundamente arraigadas” crea serias dificultades para la madurez afectiva, tan necesaria para cualquier ámbito de vida que implique relaciones con otras personas. Si esto vale incluso para la vida matrimonial (hay personas con tendencias homosexuales que son incapaces, por su problemática, de contraer matrimonio válido), también vale para la vida sacerdotal, en la que el sacerdote está llamado a tratar con niños, jóvenes y adultos.

Por estos motivos, la Instrucción subraya que la Iglesia, en el respeto que merecen estas personas, “no puede admitir al Seminario y a las Órdenes sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la así llamada cultura gay” (p. 6).

El motivo vuelve a ser expuesto en las líneas que siguen a la afirmación anterior: “Dichas personas se encuentran, efectivamente, en una situación que obstaculiza gravemente establecer una correcta relación con hombres y mujeres. De ningún modo pueden ignorarse las consecuencias negativas que se pueden derivar de la Ordenación de personas con tendencias homosexuales profundamente arraigadas” (p. 6).

Existen algunos casos, sin embargo, en los que se dan ciertas tendencias homosexuales que son simplemente una señal de falta de madurez y que, por lo mismo, tienen un carácter transitorio. En tal caso, indica el documento, uno podría entrar al Seminario, en la espera de alcanzar la necesaria madurez que conllevaría la desaparición de tales tendencias, “al menos tres años antes de la Ordenación diaconal” (p. 6).

El tercer punto se dedica a profundizar sobre “el discernimiento de la idoneidad de los candidatos por parte de la Iglesia” (n. 3). Conviene recordar que toda vocación implica una llamada de Dios y una respuesta libre y responsable del hombre. El don de la vocación es “recibido a través la Iglesia, en la Iglesia y para el servicio de la Iglesia” (p. 6), y nos hace comprender que el ser sacerdote no es algo escogido por uno mismo, sino que depende del carácter sobrenatural de la Iglesia.

En otras palabras, “no existe un derecho a recibir la Sagrada Ordenación” (p. 6), sino que es la Iglesia quien indica los requisitos necesarios para recibir los sacramentos, y quien discierne quién sea idóneo para entrar en el Seminario y reúna, a lo largo de su formación, las cualidades que son necesarias para recibir la ordenación sacerdotal en la Iglesia.

Acusar a la Iglesia de cerrar el paso a los homosexuales a una actividad profesional como cualquier otra es no entender lo que es la Iglesia ni reconocer su carácter sobrenatural. La Iglesia no nace según los deseos y los proyectos de los hombres, sino que viene de Dios. En su camino por obedecer a Dios, la Iglesia, a través del Obispo diocesano, tiene que velar para que los sacerdotes puedan cumplir bien su hermosa vocación, con todas las cualidades necesarias para ello, especialmente con la ayuda de la madurez afectiva.

Por lo mismo, quienes, por problemas como el de la homosexualidad u otros de diversa índole, no pueden alcanzar tales cualidades, deben ser avisados y guiados para encontrar cuál es su lugar en la Iglesia, qué camino pueden seguir para vivir su condición de bautizados, pero no en el servicio sacerdotal. Esta indicación, hay que recordarlo, no es nueva, pues ya el Código de Derecho Canónico (publicado en 1983) indica lo siguiente: “Si [...] el Obispo duda con razones ciertas de la idoneidad del candidato para recibir las órdenes, no lo debe ordenar” (canon 1052, n. 3).

La Instrucción termina con otras indicaciones a tener en cuenta a la hora de reconocer el estado de no idoneidad de quienes viven en esta situación. Con honestidad, y a través de un diálogo con los formadores y el director espiritual, quienes descubren estas tendencias homosexuales fuertemente arraigadas deberían renunciar al camino sacerdotal y acoger este sacrificio como parte de su cruz y de su misma condición cristiana.

Estamos, por lo tanto, ante un documento muy concreto para un tema de importancia. Nos toca a los católicos rezar para que sea acogido generosamente. De este modo nuestros seminaristas y futuros sacerdotes tomarán mayor conciencia de cuáles son aquellas cualidades que les permiten servir con alegría y amor a Cristo en sus comunidades, especialmente a través de la madurez afectiva que tanto les ayudará a la hora de ejercer su ministerio en un mundo hambriento del testimonio de integridad moral, pureza y amor de todos los sacerdotes.

domingo, 6 de noviembre de 2016

Algunos Cardenales y Obispos han sido heroicos (Temas actuales)

Algunos Cardenales y Obispos han sido heroicos
En la tradicional misa para recordar a los Cardenales y Obispos que fallecieron durante este año

El Papa alabó su ejemplo de vida, fidelidad y sobre todo, el ejemplo de quienes dieron testimonio de su fe en situaciones difíciles.


Por: Rome Reports / 4 noviembre 2016 | 



En el último año murieron 7 cardenales y 136 obispos y arzobispos. Durante la misa celebrada por ellos en San Pedro Francisco alabó su ejemplo de vida, fidelidad y sobre todo, el ejemplo de quienes dieron testimonio de su fe en situaciones difíciles.

FRANCISCO
"Sus palabras han consolado y enjugado lágrimas, su presencia ha dado testimonio con elocuencia de que la bondad de Dios es inagotable y su misericordia es infinita. Algunos de ellos han sido llamados a ser testigos del Evangelio de forma heroica, soportando grandes tribulaciones”.



El Papa recordó que la clave de una vida cristiana plena es tener "fe en el amor de Cristo”. Eso es lo que permite afrontar las grandes dificultades y eso fue lo que alabó Francisco al recordar a los pastores recientemente fallecidos.

FRANCISCO
"Ni tribulaciones, ni angustia, ni persecución, ni peligro, ni muerte, ni vida... Ellos han tenido muy claras las palabras del libro de la Sabiduría: Los fieles en el amor permanecerán junto a Él”.

Es tradicional que en el Vaticano el Papa celebre una misa por los obispos y cardenales que fallecieron en el último año. La ceremonia se realiza en noviembre, el mes de difuntos. Antes, el Papa suele visitar un cementerio de la ciudad de Roma y rezar ante las tumbas de sus predecesores.

martes, 22 de diciembre de 2015

Las leyes de la Iglesia (Tema actual)

Las leyes de la Iglesia
¿Cuántas leyes de la Iglesia hay? Lo cierto es que son más de 2.000. Son las que contiene el Código de Derecho Canónico


Por: Leo J. Trese | Fuente: Conoze.com 



A veces nos tropezamos con gentes que dan la impresión de creer que las leyes de la Iglesia obligan menos que las leyes de Dios. «Bueno, no es más que una ley de la Iglesia», es posible que digan.

«No es más que una ley de la Iglesia» es una tontería de frase. Las leyes de la Iglesia son prácticamente lo mismo que las leyes de Dios, porque son sus aplicaciones. Una de las razones de Jesús para establecer su Iglesia fue ésta precisamente: la promulgación de todas aquellas leyes necesarias para corroborar sus enseñanzas, para el bien de las almas. Para comprobarlo basta con recordar las palabras del Señor: «El que a vosotros oye, a mí me oye, y el que a vosotros desecha, a mí me desecha» (Le. 10,16). Cristo hablaba a la Iglesia en la persona de sus apóstoles. Así pues, las leyes de la iglesia tienen toda la autoridad de Cristo. Quebrantar deliberadamente una ley de la Iglesia es tan pecado como quebrantar uno de los Diez Mandamientos.

¿Cuántas leyes de la Iglesia hay? La mayoría responderá «cinco» o «seis», porque ése es el número que nos da el Catecismo. Pero, lo cierto es que son más de 2.000. Son las que contiene el Código de Derecho Canónico. Muchas de ellas han sido derogadas por los recientes papas (por ejemplo, las relativas al ayuno eucarístico), y por decretos del Concilio Vaticano II. Ahora se está procediendo a una revisión completa del Código de Derecho Canónico que, seguramente, tardará unos años en terminarse. Pero, no obstante, por mucho que se varíe su aplicación, las seis leyes básicas que señala el Catecismo, no serán abolidas. Estas son las que llamamos comúnmente los Mandamientos de la Iglesia, y son: (1) oír Misa entera todos los domingos y fiestas de guardar; (2) Confesar los pecados mortales al menos una vez al año y en peligro de muerte y si se ha de comulgar; (3) Comulgar por Pascua Florida; (4) Ayunar y abstenerse de comer. carne cuando lo manda la Santa Madre Iglesia; (5) Ayudar a la Iglesia en sus necesidades; y (6) Observar las leyes de la Iglesia sobre bodas.

La obligación de asistir a Misa los domingos y fiestas de guardar -obligación que comienza para cada católico en cuanto cumple siete años- ha sido tratada ya al comentar el tercer mandamiento del decálogo. No hace falta repetir aquí lo que ya se dijo, pero sí puede resultar oportuno mencionar algunos aspectos sobre los días de precepto.

En su función de guía espiritual, la Iglesia tiene el deber de procurar que nuestra fe sea una fe viva, de hacer las personas y eventos que han constituido el Cuerpo Místico de Cristo vivos y reales para nosotros. Por esta razón la Iglesia señala unos días al año y los declara días sagrados. En ellos nos recuerda acontecimientos importantes de la vida de Jesús, de su Madre y de los santos. La Iglesia realza estas fiestas periódicas equiparándolas al día del Señor y obligándonos bajo pena de pecado mortal a oír Misa y abstenernos del trabajo cotidiano en la medida en que nos sea posible.

El calendario de la Iglesia señala diez de estos días, que son reservados en la mayoría de los países católicos. En algunos países no oficialmente católicos -en que el calendario laboral no reconoce estas fiestas-, estos días se reducen a seis. Estas diez fiestas son: Navidad (25 de diciembre), en que celebramos el nacimiento de Nuestro Señor; el octavo día de Navidad (1 de enero), fiesta de la Solemnidad de Santa María Madre de Dios, que conmemora el dogma de la Maternidad de María, fuente de todos sus privilegios; la fiesta de la Epifanía o Manifestación (6 de enero), que conmemora las primicias de nuestra vocación a la fe en la vocación de los Magos, los primeros gentiles llamados al conocimiento de Jesucristo; la festividad de San José (19 de marzo), en que honramos al glorioso patriarca, esposo de la Virgen María, padre legal de Jesús y patrono de la Iglesia universal; el jueves de la Ascensión (40 días después de Pascua de Resurrección), que conmemora la subida gloriosa de Jesús a los cielos; el día del Corpus Christi (jueves siguiente al domingo de la Santísima Trinidad), en que la Iglesia celebra la institución de la Sagrada Eucaristía; la fiesta de San Pedro y San Pablo (29 de junio), dedicada a la solemnidad de los príncipe de los Apóstoles, y, especialmente, de San Pedro, escogido cabeza de toda la Iglesia y primero de los Romanos Pontífices; la Asunción de María (15 de agosto), en que nos gozamos con la entrada de nuestra Madre en la gloria en cuerpo y alma; Todos los Santos (1 de noviembre), cuando honramos a todos los santos del cielo, incluidos nuestros seres queridos; y la Inmaculada Concepción de María (8 de diciembre), que celebra la creación del alma de María libre de pecado original, el primero de los pasos de nuestra redención.

Además de estas fiestas, hay otros días de relevancia especial para los católicos: son los días de ayuno y los días de abstinencia. Al leer los Evangelios habremos notado la frecuencia con que Nuestro Señor recomienda que hagamos penitencia. Y nosotros podemos preguntarnos: «Sí, pero, ¿cómo?». La Iglesia, cumpliendo su obligación de ser guía y maestra, ha fijado un mínimo para todos, una penitencia que todos -con ciertos límites- debemos hacer. Este mínimo establece unos días de abstinencia (en que no podemos comer carne), y otros de ayuno y abstinencia (en que debemos abstenernos de carne y tomar sólo una comida completa).

Como Nuestro Salvador murió en viernes, la Iglesia ha señalado ese día como día semanal de penitencia. El precepto general obliga a abstenerse de carne los viernes que no coincidan en fiesta de precepto, y obliga todos los viernes de Cuaresma. Los demás viernes del año son también días de penitencia, pero la abstinencia de carne, impuesta por ley general, puede sustituirse, según la libre voluntad de cada uno de los fieles, por cualquiera de las varias formas de penitencia recomendadas por la Iglesia, como son: ejercicios de piedad y oración, mortificaciones corporales y obras de caridad.

Tomar carne o caldo de carne deliberadamente en un día de abstinencia es pecado grave si implica desprecio y la cantidad tomada es considerable. Incluso una cantidad pequeña tomada con deliberación sería pecado venial.

Los días de ayuno y abstinencia son el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. En esos días sólo se puede hacer una comida completa, pudiendo tomarse alimento dos veces más al día siempre que, juntas, no formen una comida completa. Ninguna de estas comidas puede incluir carne.

Los enfermos que necesitan alimento, los ocupados en trabajos agotadores o aquellos que comen lo que pueden o cuando pueden (los muy pobres) están dispensados de las leyes de ayuno y abstinencia. Aquellos para los que ayunar o abstenerse de carne pueda constituir un problema serio, pueden obtener dispensa de su párroco. La ley de la abstinencia obliga a los que hayan cumplido catorce años, y dura toda la vida; la obligación de ayunar comienza al cumplir los veintiún años y termina al incoar los sesenta.

La ley relativa a la confesión anual significa que todo aquel que deba confesar explícitamente un pecado mortal se hace reo de un nuevo pecado mortal si deja transcurrir más de un año sin recibir otra vez el sacramento de la Penitencia. Evidentemente, la Iglesia no trata de decirnos con eso que una confesión al año basta para los católicos practicantes. El sacramento de la Penitencia refuerza nuestra resistencia a la tentación y nos hace crecer en virtud si lo recibimos a menudo. Es un sacramento tanto para santos como para pecadores.

Sin embargo, la Iglesia quiere asegurar que nadie viva indefinidamente en estado de pecado mortal, con peligro para su salvación eterna. De ahí que exija de todos aquellos conscientes de haber cometido un pecado mortal que explícitamente lo confiesen (aunque este pecado haya sido ya remitido por un acto de contrición perfecta), recibiendo el sacramento de la Penitencia dentro del año. De igual modo, su preocupación por las almas hace que la Iglesia establezca un mínimo absoluto de una vez al año para recibir la Sagrada Eucaristía. Jesús mismo dijo: «Si no coméis la carne del Hijo del hombre y no bebéis su sangre, no tendréis vida en vosotros» (lo. 6,54), y lo dijo sin paliativos: o los miembros del Cuerpo Místico de Cristo recibimos la Sagrada Comunión, o no iremos al cielo. Naturalmente, uno se pregunta a continuación: «¿Con qué frecuencia tengo que ir a comulgar?», y Cristo, por medio de su Iglesia nos contesta: «Con la frecuencia que puedas; semanal o diariamente. Pero, la obligación absoluta es recibir la Comunión una vez al año, y en Pascua.» Si fallamos en dar a Jesús ese mínimo amor, nos hacemos culpables de pecado mortal.

Contribuir al sostenimiento de la Iglesia es otra de nuestras obligaciones que surge de la misma naturaleza de miembros del Cuerpo Místico de Cristo. En el Bautismo, y de nuevo en la Confirmación, Jesús nos asocia a su tarea de salvar almas. No seríamos verdaderamente de Cristo si no tratáramos con sinceridad de ayudarle -con medios económicos tanto como con nuestras obras y oraciones- a llevar a cabo su misión. Normalmente, descargamos esta obligación de ayudar materialmente con nuestra aportación a las diversas colectas que organiza nuestra parroquia o nuestra diócesis, con la generosidad que nuestros medios permitan. Y no sólo a nuestra diócesis o parroquia, sino también al Papa para que atienda a las necesidades de la Iglesia universal, en misiones y obras de beneficencia. Si nos preguntáramos: «¿Cuánto debo dar?», no hay más respuesta que recordar que Dios jamás se deja ganar en generosidad.

Jesús, para poder permanecer siempre con nosotros con la fuerza de su gracia, nos entregó los siete sacramentos, cuya guarda confió a la Iglesia, y a quien ha dado la autoridad y el poder de dictar las leyes necesarias para regular la recepción y concesión de los sacramentos. El Matrimonio es uno de ellos. Es importante que nos demos cuenta que las leyes de la Iglesia que gobiernan la recepción del sacramento del Matrimonio no son leyes meramente humanas: son preceptos del mismo Cristo, dados por su Iglesia.

La ley básica que gobierna el sacramento del Matrimonio es que debe recibirse en presencia de un sacerdote autorizado y de dos testigos. Por sacerdote «autorizado» entendemos el rector de la parroquia en que se celebren las bodas, o el sacerdote en quien él o el obispo de la diócesis deleguen. Un sacerdote cualquiera no puede oficiar en una boda católica. El matrimonio es un compromiso demasiado serio para que pueda contraerse llamando a la puerta de cualquier rectoría. El sacramento del Matrimonio se acompaña normalmente de la Misa y bendición nupciales, que no están permitidas en los tiempos penitenciales de Adviento y Cuaresma. El sacramento del Matrimonio puede recibirse en estos tiempos litúrgicos, pero la mayoría de los católicos tienen interés en comenzar su vida matrimonial con toda la gracia posible. De ahí que sea raro que soliciten la recepción de este sacramento en Cuaresma o Adviento.

Para la recepción válida del sacramento del Matrimonio, el esposo debe contar al menos dieciséis años de edad, y la esposa catorce. Sin embargo, si las leyes civiles establecen una edad superior, la Iglesia -aunque no esté estrictamente obligada- las respeta. La preparación de los jóvenes que vayan a asumir la responsabilidad de una familia importa tanto civil como espiritualmente.

En materia matrimonial, cuando se trate de sus efectos civiles, la Iglesia reconoce el derecho del Estado a establecer la necesaria legislación.

Además de contar con edad suficiente, los futuros esposos no deben estar emparentados con lazos de sangre más acá de primos terceros. Sin embargo, por graves razones, la Iglesia concede dispensa para que primos hermanos o primos segundos puedan contraer matrimonio. La Iglesia también dispensa por razón suficiente de los impedimentos que el Bautismo establece (el padrino o la madrina con la ahijada o el ahijado) o el Matrimonio (un viudo con su cuñada o la viuda con el cuñado).

La Iglesia legisla también que un católico espose a una católica, aunque concede dispensa para que un católico se case con una acatólica. En estos casos, los contrayentes deben seguir las leyes de la Iglesia relativas a los matrimonios mixtos. El contrayente católico debe comprometerse a dar, llevando una vida ejemplarmente católica, buen ejemplo a su esposo no católico. El contrayente católico debe estar absolutamente dispuesto a poner todos los medios para que la prole sea educada en la fe católica. Desgraciadamente, los matrimonios mixtos conducen con cierta frecuencia a un debilitamiento o a la pérdida de la fe en el esposo católico; a la pérdida de la fe en los hijos, que ven a sus padres divi didos en materia religiosa; o a la falta de completa felicidad en el matrimonio por carecer de un ingrediente básico: la unidad de fe. La Iglesia se muestra reacia a la concesión de estas dispensas por la triste experiencia de una Madre que cuenta con veinte siglos de vida.

Pero lo esencial es recordar que no hay verdadero matrimonio entre católicos si no se celebra ante un sacerdote autorizado. El católico que se casara por lo civil o ante un ministro protestante no está casado en modo algo ante los ojos de Dios, que es el único que realmente cuenta. Sin embargo, dado que la Iglesia es la Presencia visible de Cristo en el mundo y su portavoz, puede modificar las leyes que gobiernan el matrimonio. Aquí se han mencionado según rigen en el momento en que esto se escribe.


viernes, 27 de noviembre de 2015

Cómo saber el nivel de autoridad de una enseñanza de la Iglesia (Tema actual)

Cómo saber el nivel de autoridad de una enseñanza de la Iglesia
La doctrina

Hay que distinguir entre las enseñanzas del magisterio y la autoridad temporal de la Iglesia en cuestiones de gobierno o de juicios sobre personas ejercida en el pasado, que no es el ámbito del magisterio


Por: Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María | Fuente: www.corazones.org 



Los católicos obedecemos al magisterio porque es la auténtica interpretación de la Palabra de Dios encomendada por Jesucristo al Papa y a los obispos en comunión con el. Jesús dijo: "El que a vosotros oye, a Mí me oye" (Lc 10,16). Todas las enseñanzas del magisterio son importantes y dignas de ser recibidas con obediencia.

Es cierto que las enseñanzas de la Iglesia están ordenadas en una jerarquía que nos ayuda a entender mejor el significado de cada una. El Papa y los obispos no ejercen el mismo grado de autoridad en todas las enseñanzas. Pero esto no debe ser pretexto para despreciar ninguna de sus enseñanzas. El Papa Pío XII (Humani generis, 12-14) advierte de este peligro:
"Hay algunos que, de propósito y habitualmente, desconocen todo cuanto los Romanos Pontífices han expuesto en las Encíclicas sobre el carácter y la constitución de la Iglesia; y ello, para hacer prevalecer un concepto vago que ellos profesan y dicen haber sacado de los antiguos Padres, especialmente de los griegos. Y, pues los Sumos Pontífices, dicen ellos, no quieren determinar nada en las opiniones disputadas entre los teólogos, se ha de volver a las fuentes primitivas, y con los escritos de los antiguos se han de explicar las constituciones y decretos del Magisterio. Afirmaciones éstas, revestidas tal vez de un estilo elegante, pero que no carecen de falacia. Pues es verdad que los Romanos Pontífices, en general, conceden libertad a los teólogos en las cuestiones disputadas -en distintos sentidos- entre los más acreditados doctores; pero la historia enseña que muchas cuestiones que algún tiempo fueron objeto de libre discusión no pueden ya ser discutidas. Ni puede afirmarse que las enseñanzas de las encíclicas no exijan de por sí nuestro asentimiento, pretextando que los Romanos Pontífices no ejercen en ellas la suprema majestad de su Magisterio. Pues son enseñanzas del Magisterio ordinario, para las cuales valen también aquellas palabras: `El que a vosotros oye, a Mí me oye` (Lc 10:16); y la mayor parte de las veces, lo que se propone e inculca en las Encíclicas pertenece ya -por otras razones- al patrimonio de la doctrina católica. Y si los Sumos Pontífices, en sus constituciones, de propósito pronuncian una sentencia en materia hasta aquí disputada, es evidente que, según la intención y voluntad de los mismos Pontífices, esa cuestión ya no se puede tener como de libre discusión entre los teólogos".

Llamamos "doctrina" a toda verdad enseñada por la Iglesia como necesaria de creer
Toda doctrina cabe en una de las siguientes categorías:

1-Es revelación divina (Ej.: la Presencia Real Eucarística)

2-Es una conclusión teológica de la verdad revelada (Ej.: la canonización de un santo)

3-Es parte de la ley natural (Ej.: la pecaminosidad de los anticonceptivos).


Doctrinas "de fe"

Las verdades que la Iglesia enseña como "de fe" son aquellas sobre las que se tiene la certeza de que son infalibles (sin posibilidad de error) porque están amparadas por las promesas de Cristo: ´El que a vosotros oye, a Mí me oye´(Lc 10,16). La promesa de Cristo no puede fallar. Estas verdades requieren de los católicos el asentimiento de la fe. Es decir, la virtud sobrenatural de la fe, porque tenemos fe en Cristo y su promesa de enseñar por medio de la Iglesia. Estas verdades obligan a los católicos bajo pena de romper nuestra comunión con la fe verdadera.


¿Como podemos saber si una enseñanza es "de fe"?
Es "de fe" si se encuentra en los tres primeros niveles del magisterio:


  • Primer nivel de magisterio: Una definición infalible del Papa

    "El Romano Pontífice, Cabeza del Colegio Episcopal, goza de esta infalibilidad en virtud de su ministerio cuando, como Pastor y Maestro supremo de todos los fieles que confirma en la fe a sus hermanos, proclama por un acto definitivo la doctrina en cuestiones de fe y moral..." -Catecismo 891

    1) "como Pastor y Maestro supremo de todos los fieles que confirma en la fe a sus hermanos". (Si habla en calidad de persona privada, o si se dirige solo a un grupo y no a la Iglesia universal, no goza de infalibilidad).

    2) "proclama por un acto definitivo la doctrina". (Cuando el Papa claramente expresa que la doctrina es definitiva, no puede cambiar y es infalible)

    3) "en cuestiones de fe y moral"

    Al ejercicio especial y explícito de infalibilidad Papal se le llama un pronunciamiento ex-cathedra. Cuando el Sumo Pontífice habla desde su silla (cathedra) de autoridad, como cabeza visible de todo los cristianos, sus enseñanzas no dependen del consentimiento de la Iglesia y son irreformables.

    Aunque la mayoría de las proclamaciones infalibles del Papa han sido en colegialidad (en consulta con los obispos), esta no es requisito. El Papa puede definir un dogma aun sin los obispos. Concilio Vat. II (Lumen Gentium, 25): "sus definiciones por sí y no por el consentimiento de la Iglesia son irreformables, puesto que han sido proclamadas bajo la asistencia del Espíritu Santo prometida a él en San Pedro, y así no necesitan de ninguna aprobación de otros ni admiten tampoco la apelación a ningún otro tribunal. Porque en esos casos el Romano Pontífice no da una sentencia como persona privada, sino que en calidad de maestro supremo de la Iglesia universal, en quien singularmente reside el carisma de la infalibilidad de la Iglesia misma, expone o defiende la doctrina de la fe católica."

     
  • Segundo nivel: La enseñanza del magisterio episcopal en comunión con el Papa

    Esto ocurre:

    1- Cuando los obispos enseñan verdades definitivas de la fe y moral en comunión con el Papa.

    2- de manera especial, cuando se reúnen en Concilio.

    "La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el Cuerpo episcopal cuando ejerce el magisterio supremo con el sucesor de Pedro, sobre todo en un concilio ecuménico. Cuando la Iglesia propone por medio de su Magisterio supremo que algo se debe aceptar "como revelado por Dios para ser creído" y como enseñanza de Cristo, "hay que aceptar sus definiciones con la obediencia de la fe". Esta infalibilidad abarca todo el depósito de la Revelación divina." -Catecismo 891.

    Lumen Gentium 25: "Aunque cada uno de los prelados por sí no posea la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, si todos ellos, aun estando dispersos por el mundo, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el Sucesor de Pedro, convienen en un mismo parecer como maestros auténticos que exponen como definitiva una doctrina en las cosas de fe y de costumbres, en ese caso enuncian infaliblemente la doctrina de Cristo."

    Una definición solemne no requiere una fórmula especial. Se sabe que es una enseñanza infalible porque el mismo documento del magisterio claramente hace saber que la enseñanza es definitiva. Un ejemplo es el Concilio de Trento (DS 1520) que "estrictamente prohíbe que se crea o predique o enseñe diferente de lo que se ha establecido y explicado en el presente decreto". Por lo tanto es un decreto infalible.

    Los concilios han usado la fórmula: "Si alguien dice... Sea anatema". ("Si quis dixerit... anathema sit."). Pero esa fórmula por si sola no es determinante de infalibilidad ya que también se ha utilizado en materia disciplinaria.

    Para saber si la Iglesia tiene la intención de enseñar infaliblemente en este segundo nivel, se debe observar el lenguaje y la intención. Si hace ver que es una verdad definitiva, entonces es infalible.

     
  • Tercer nivel: El magisterio ordinario del Papa, cuando este expresamente ejerce un juicio definitivo en materia de fe o moral que era antes debatida

    En ese caso lo que el Papa enseña está amparado por las promesas de Cristo en Lc. 10:16. Estos juicios definitivos pueden darse en una encíclica u otro tipo de documento pontificio.

     
  • Cuarto Nivel - pronunciamientos que no son infalibles.

    No requieren el asentimiento de la fe pero sí una sumisión religiosa de la voluntad y del entendimiento (Cf. Canon 752 de la nueva Ley Canónica).

    "Esta religiosa sumisión de la voluntad y del entendimiento, de modo particular se debe al magisterio auténtico del Romano Pontífice, aun cuando no hable ex cathedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se adhiera al parecer expresado por él según la mente y voluntad que haya manifestado él mismo y que se descubre principalmente, ya sea por la índole del documento, ya sea por la insistencia con que repite una misma doctrina, ya sea también por las fórmulas empleadas." -Lumen Gentium, 25; Cf: Canon 752

    La enseñanzas que no son definitivas no entran en la virtud de la fe. Más bien se trata de materia que Lumen Gentium 25 y la ley canónica llaman "sumisión religiosa de la voluntad y el entendimiento".


    ¿Que requiere esta sumisión?

    Prohíbe que se contradigan estas enseñanzas públicamente.

    También requiere asentimiento de la mente, aunque no requiere el asentimiento de la fe.


    ¿Cómo podemos dar asentimiento mental sin certeza absoluta?

    Lo hacemos por confianza en la fuente. Lo cierto es que todos damos asentimiento a diario en cuestiones seculares sobre las que no podemos tener absoluta certeza. Por ejemplo, cuando tomamos un vuelo, confiamos nuestra vida en el piloto sin la certeza de que sea buen piloto. Cuando vamos a un restaurante, confiamos que no nos van a envenenar.... Nuestra creencia de que no nos engañan en esos casos toma en cuenta que hay una pequeña probabilidad de error pero arriesgamos nuestra vida por confianza en la empresa. No podríamos vivir sin este tipo de asentimiento. En la corte se trata de encontrar la verdad y probarla más allá de dudas razonables. No se exige ni se puede pedir más.

    Nuestro asentimiento a las enseñanzas del magisterio del cuarto nivel no es de fe, no contiene la certeza absoluta de los primeros tres niveles, pero si es un asentimiento confiado en la guía del Espíritu Santo sobre la Iglesia. Las posibilidades de error en este tipo de asentimiento son aun mucho menores que en el caso del avión o el restaurante. Además, si erramos por ser asentir a alguna enseñanza de la Iglesia que no es de fe, cuando estemos ante el Juez Divino, este nos felicitará. Pero si erramos por romper con la Iglesia pensando que sabemos más que ella, caemos en serio riesgo de ser acusados por lo menos de orgullosos.

    Algunos objetan que por obedecer a las autoridades de la Iglesia se cometieron injusticias en el pasado. Respuesta: Hay que distinguir entre las enseñanzas del magisterio y la autoridad temporal de la Iglesia en cuestiones de gobierno o de juicios sobre personas ejercida en el pasado, que no es el ámbito del magisterio.


    Con frecuencia el Papa enseña con la ayuda de las Congregaciones de la Curia Romana. Las declaraciones publicadas estas Congregaciones no pretenden enseñar doctrinas nuevas sino reafirmar o sintetizar la doctrina de la fe católica definida o enseñada en anteriores documentos del Magisterio de la Iglesia, indicando su recta interpretación frente a los errores y ambigüedades doctrinales actuales. Un documento doctrinal de una Congregación de la Curia es formalmente promulgado cuando es expresamente aprobado por el Sumo Pontífice y por lo tanto tiene naturaleza magisterial universal porque lleva la autoridad del mismo Papa.


    El sentido de los fieles (Sensus fidelium)

    El sentido de la fe (Sensus fidei)

lunes, 27 de abril de 2015

¿Qué es el Cuerpo Místico? (Tema actual)

¿Qué es el Cuerpo Místico? 
La gracia
Con nuestra virtud colaboramos a su vitalidad. Si esto se conociera más, ¿quién viviría en pecado mortal?


Por: P. Jorge Loring, S.I. | Fuente: Catholic.net



En la Iglesia hay una vida sobrenatural, que se llama gracia. La Iglesia fundada por Jesucristo no es solamente una familia visible. En ella hay una vida interior, invisible, sobrenatural, divina, que comunica el mismo Jesucristo.

Dios nuestro Señor hizo al hombre a su imagen y semejanza, dándole un alma espiritual e inmortal, capaz de conocerlo y amarlo y alcanzar una felicidad proporcionada a su naturaleza. Pero, en su amor infinito, Dios ha querido llamarnos a más altos destinos. Quiso darnos la altísima dignidad de hijos suyos, y hacernos participantes de su misma felicidad en la gloria. Para esto nos une a Él en la persona divina de su Hijo hecho hombre, Jesucristo, de cuyo Cuerpo Místico somos miembros vivos. Esta vida divina en nosotros es la gracia santificante. Por ella Cristo vive en nosotros y nosotros vivimos en Cristo.

Por eso llamamos a la Iglesia el Cuerpo Místico de Cristo. Cristo es la Cabeza. Todos nosotros somos sus miembros. O como Él mismo dijo con otra comparación: «Yo soy la vid y vosotros los sarmientos».

Como los sarmientos reciben la savia de la vid -y gracias a ella producen las uvas- así nosotros recibimos de Jesucristo la gracia. Es la savia que nos hace vivir una vida sobrenatural, de la misma manera que nuestra alma vivifica nuestro cuerpo y le da vida natural.

La doctrina del Cuerpo Místico tiene enorme importancia en orden a la valoración de nuestros actos. El barrido de una calle realizado por un empleado de la limpieza pública que está en gracia de Dios, tienen incomparablemente más valor que la conferencia de más altura científica que sólo puede ser entendida por media docena de hombres en el mundo, pero pronunciada por un sabio que no está en gracia de Dios.

La razón es que las acciones de los hombres que no están en gracia de Dios, aunque tengan su valor, como enseña el Vaticano II, no rebasan los límites de lo humano. En cambio, cuando un hombre está en gracia de Dios es miembro del Cuerpo Místico de Cristo, y entonces sus obras, por sencillas que sean, pertenecen a un plano sobrenatural, infinitamente superior a todo lo humano.

Si esto se conociera más, ¿quién viviría en pecado mortal?. Cada uno de nosotros es una célula del Cuerpo Místico de Cristo. Con nuestra virtud colaboramos a su vitalidad. Con nuestros pecados, además de convertirnos en células muertas, entorpecemos la vida de las otras células, nuestros hermanos. Somos células cancerosas.

La gracia santificante es un don personal sobrenatural y gratuito, que nos hace verdaderos hijos de Dios y herederos del cielo. Es una cualidad que hace subir de categoría al hombre dándole como una segunda naturaleza superior. Es como una semilla de Dios. La comparación es de San Juan. Desarrollándose en el alma produce una vida en cierto modo divina, como si nos pusieran en las venas una inyección de sangre divina. La gracia santificante es la vida sobrenatural del alma. Se llama también gracia de Dios.

La gracia santificante nos transforma de modo parecido al hierro candente que sin dejar de ser hierro tiene las características del fuego. La gracia de Dios es lo que más vale en este mundo. Nos hace participantes de la naturaleza divina. Esto es una maravilla incomprensible, pero verdadera. Es como un diamante oculto por el barro que lo cubre. El siglo pasado Van Wick construyó con guijarros una casita en su granja de Dutoitspan (Sudáfrica). Un día, después de una fuerte tormenta, descubrió que aquellos guijarros eran diamantes: el agua caída los había limpiado del barro. Así se descubrió lo que hoy es una gran mina de diamantes. La gracia es un diamante que no se ve a simple vista.

La gracia nos hace participantes de la naturaleza divina, pero no nos hace hombres-dioses como Cristo que era Dios, porque su naturaleza humana participaba de la personalidad divina, lo cual no ocurre en nosotros. Dios al hacernos hijos suyos y participantes de su divinidad nos pone por encima de todas las demás criaturas que también son obra de Dios, pero no participan de su divinidad. La misma diferencia que hay entre la escultura que hace un escultor y su propio hijo, a quien comunica su naturaleza.

Cuando vivimos en gracia santificante somos templos vivos del Espíritu Santo. La gracia santificante es absolutamente necesaria a todos los hombres para conseguir la vida eterna. La gracia se pierde por el pecado grave. En pecado mortal no se puede merecer. Es como una losa caída en el campo. Debajo de ella no crece la hierba. Para que crezca, primero hay que retirar la losa. Estando en pecado mortal no se puede merecer nada.

Quien ha perdido la gracia santificante no puede vivir tranquilo, pues está en un peligro inminente de condenarse. La gracia santificante se recobra con la confesión bien hecha, o con un acto de contrición perfecta, con propósito de confesarse. El perder la gracia santificante es la mayor de las desgracias, aunque no se vea a simple vista.

Sin la gracia de Dios toda nuestra vida es inútil para el cielo. Por fuera sigue igual, pero por dentro no funciona: como una bombilla sin corriente eléctrica. Dice San Agustín que como el ojo no puede ver sin el auxilio de la luz, el hombre no puede obrar sobrenaturalmente sin el auxilio de la gracia divina .

En el orden sobrenatural hay esencialmente más diferencia entre un hombre en pecado mortal y un hombre en gracia de Dios, que entre éste y uno que está en el cielo. La única diferencia en el cielo está en que la vida de la gracia -allí en toda su plenitud- produce una felicidad sobrehumana que en esta vida no podemos alcanzar. Esta vida es el camino para la eternidad. Y la eternidad, para nosotros, será el cielo o el infierno.

Sigue el camino del cielo el que vive en gracia de Dios. Sigue el camino del infierno el que vive en pecado mortal. Si queremos ir al cielo, debemos seguir el camino del cielo. Querer ir al cielo y seguir el camino del infierno, es una necedad. Sin embargo, en esta necedad incurren, desgraciadamente, muchas personas. Algún día caerán en la cuenta de su necedad, pero quizá sea ya demasiado tarde.

Además de la gracia santificante Dios concede otras gracias que llamamos gracias actuales, que son auxilios sobrenaturales transitorios, es decir, dados en cada caso, que nos son necesarios para conseguir algo en orden a la salvación. Pues por nosotros mismos nada podemos. No podemos tener una fe suficiente, ni un arrepentimiento que produzca nuestra conversión.

Las gracias actuales iluminan nuestro entendimiento y mueven nuestra voluntad para obrar el bien y evitar el mal. Sin esta gracia no podemos comenzar, ni continuar, ni concluir nada en orden a la vida eterna. El hombre no puede cumplir todas sus obligaciones ni hacer obras buenas para alcanzar la gloria eterna sin la ayuda de la gracia de Dios. Merecer el cielo es una cosa superior a las fuerzas de la naturaleza humana. Pero como Dios quiere la salvación de todos los hombres, a todos les da la gracia suficiente que necesitan para alcanzar la vida eterna.

Con la gracia suficiente el hombre podría obrar el bien, si quisiera. La gracia suficiente se convierte en eficaz cuando el hombre colabora. Los adultos tienen que cooperar a esta gracia de Dios. Dijo San Agustín: «Dios que te creó sin ti, no te salvará sin ti». Dios ha querido darnos el cielo como recompensa a nuestras buenas obras. Sin ellas es imposible, para el adulto, conseguir la salvación eterna. Nuestra salvación eterna es un asunto absolutamente personal e intransferible. Al que hace lo que puede, Dios no le niega su gracia.

Y sin la libre cooperación a la gracia es imposible la salvación del hombre adulto. Con sus inspiraciones, Dios predispone al hombre para que haga buenas obras, y según el hombre va cooperando, va Dios aumentando las gracias que le ayudan a practicar estas buenas obras con las cuales ha de alcanzar la gloria eterna.

«Tan grande es la bondad de Dios con nosotros que ha querido que sean méritos nuestros lo que es don suyo». Esta gracia, que nos eleva por encima de la naturaleza caída, la mereció el sacrificio de Nuestro Señor Jesucristo en la cruz. La obtenemos mediante la oración y los Sacramentos.

 



viernes, 28 de noviembre de 2014

El respeto al Evangelio (Tema actual) 28112014

El respeto al Evangelio
Seamos valientes para reflexionar acerca de nuestra situación respecto a las verdades de nuestra fe


Por: Santiago García Aracil, arzobispo de Mérida-Badajoz | Fuente: revistaecclesia.com



No estoy pensando en manifestaciones que silencian maliciosamente la palabra de Dios en la que se inspira un criterio o un comportamiento. Tampoco pienso en faltas de referencia al Evangelio por simple olvido. Tengo presente, sobre todo, la sorprendente pobreza de referencias a la palabra de Dios cuando se presentan unos argumentos, a favor o en contra de determinadas actitudes y comportamientos, cuando dichos argumentos no tienen validez si no están manifiestamente apoyados en la palabra de Dios.

En otras ocasiones, el silenciamiento de la palabra de Dios es debido a su desconocimiento o a la deficiente familiarización con ella. La ignorancia en este campo resulta cada vez más extendida y preocupante. Tanto es así, que el Papa Benedicto XVI, gran conocedor de la realidad actual de la Iglesia y de los grupos cristianos, dijo en la homilía del Jueves Santo 5 abril 2012: “En el encuentro de los cardenales con ocasión del último consistorio, varios Pastores, basándose en su experiencia, han hablado de un analfabetismo religioso que se difunde en medio de nuestra sociedad tan inteligente. Los elementos fundamentales de la fe, que antes sabía cualquier niño, son cada vez menos conocidos. Pero para poder vivir y amar nuestra fe, para poder amar a Dios y llegar por tanto a ser capaces de escucharlo del modo justo, debemos saber qué es lo que Dios nos ha dicho; nuestra razón y nuestro corazón han de ser interpelados por su palabra”.

A la luz de estas consideraciones, verdaderamente preocupantes, podemos explicarnos la ausencia de la palabra de Dios en labios de muchísimos cristianos cuando se trata de juzgar acerca de la verdad o de la falsedad, y de la bondad o de la incorrección moral de los criterios o de las acciones de que se está hablando. Yo, como Obispo de esta Iglesia que peregrina por tierras de Badajoz, siento grandísima preocupación por la formación cristiana de los fieles. Sobre la necesidad de tomarse en serio la solución de este vacío, he hablado insistentemente con los sacerdotes y con los seglares. Y, como no hay que predicar sin estar dispuestos a dar el trigo que depende de uno mismo, en orden a facilitar con seriedad los medios adecuados para corregir este lamentable vacío de formación cristiana se pusieron en marcha las Escuelas de formación básica, la de Agentes de Pastoral y el Instituto superior de ciencias religiosas. El testimonio de quienes las han aprovechado es enormemente positivo. Llegan a lamentar que no se aprovechen más personas.

Por el interés de ayudar a la formación cristiana de los fieles seguiremos poniendo en ello todo el esfuerzo de que seamos capaces para que cada día sean más los que reciban la necesaria formación y puedan pensar y vivir cristianamente en este mundo y en este tiempo. El Evangelio es nuestra razón de vivir y el fundamento de nuestra esperanza.

Pero hay, además, otra razón por la que la palabra de Dios queda silenciada como referencia de nuestros criterios y comportamientos. Parece que el motivo es, en algunos casos, un extraño pudor o una injustificada vergüenza de manifestar la propia identidad cristiana. Esto es debido, no cabe duda, a que, como dice el Papa, su razón y su corazón todavía no han llegado a ser interpelados, de verdad, por la palabra de Dios. Esta defectuosa situación está cada vez más extendida, sobre todo como herencia de un cristianismo sociológico, o de una falta de planteamientos serios acerca de la fe. Por ello urgen reflexiones y proyectos muy concretos tanto en la acción pastoral como en las actitudes y compromisos de las personas ante la revelación del Señor que la Iglesia nos transmite autorizadamente.

En otras ocasiones, hay cristianos que, ante problemas importantes que tienen relación con la defensa de la vida, con el cuidado del matrimonio y de la familia, con la rectitud moral en el trabajo, en las responsabilidades públicas, en la recta administración de los bienes temporales, y en tantos otros asuntos, prescinde de la referencia al mensaje de Jesucristo y a la enseñanza de la Iglesia, no solo por su deficiente conocimiento o por una insuficiente valoración de lo que se conoce, sino por otra razón. Muchos temen que los argumentos evangélicos expuestos en la doctrina cristiana sean contraproducentes; piensan que no van a ser aceptados por los interlocutores ajenos al Evangelio. Entonces, sin querer, les dejan sin los verdaderos motivos por los que se defienden o se exponen determinadas posturas que puedan llamarse cristianas. Esto es un error de planteamiento porque, salvadas algunas circunstancias muy especiales, el cristiano puede aparecer entonces como quien actúa sin tener convicciones bien fundamentadas. Y esto va tanto contra la defensa de la verdad como contra quien nos escucha, porque se le niega la Buena Noticia capaz de abrir la mente a la verdad y la vida a nuevos horizontes. Sin ello no se alcanza la esperanza que no defrauda.

Seamos valientes para reflexionar acerca de nuestra situación respecto a las verdades de nuestra fe. Analicemos nuestros comportamientos en aquellas circunstancias en que estamos especialmente llamados a ser luz del mundo y sal de la tierra. Necesitamos formación, coherencia, valentía y decisión.