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domingo, 5 de junio de 2016

Carta Apostólica del Santo Padre Francisco “Como una madre amorosa” – Texto completo


Carta Apostólica del Santo Padre Francisco “Como una madre amorosa” – Texto completo

Texto del Motu Proprio que permite enjuiciar y procesar a los obispos que hayan sido negligentes al saber de casos de abusos contra menores o personas vulnerables

La carta apostólica presentada en la Sala de Prensa del Vaticano
La Carta Apostólica Presentada En La Sala De Prensa Del Vaticano
ZENIT – Ciudad del Vaticano).- El papa Francisco publicó este sábado 4 de junio, la Carta Apostólica titulada “Como una madre amorosa”, en forma de Motu Proprio. Un documento que esclarece como dos leyes del Derecho Canónico en vigencia permiten enjuiciar a los obispos que fueron negligentes en caso de abusos sexuales contra menores o personas vulnerables y destituirlos de su cargo, aunque los hechos hayan sucedido en el pasado.
A continuación el texto completo de la Carta Apostólica
Como una madre amorosa la Iglesia ama a todos sus hijos. Pero cuida y protege con afecto particular a los más pequeños e indefensos, se trata de una tarea que Cristo confía a toda la comunidad cristiana en conjunto. Con la conciencia de esto, la Iglesia dedica una atención vigilante a la protección de los niños y de los adultos vulnerables.
Tal tarea de protección y de atención le corresponde a toda la Iglesia, pero especialmente a los pastores que esto sea realizado. Por lo tanto los obispos diocesanos, los eparcas y quienes son responsables de una Iglesia particular, deben tener una particular diligencia en proteger a quienes son los más débiles entre las personas que les fueron confiadas.
El Derecho Canónico ya prevé la posibilidad de remoción del oficio eclesiástico “por causas graves”: esto se refiere también a los obispos diocesanos, a los eparcas y a quienes están equiparados por el derecho (cfr can. 193 §1 CIC; can. 975 §1 CCEO).
Con la presente carta quiero precisar que entre las llamadas “causas graves” se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de su oficio, en particular cuando se refieren a los casos de abusos sexuales cumplidos contra menores y adultos vulnerables, previstos por el MP Sacramentorum Sanctitatis Tutela, promulgado por san Juan Pablo II y ampliado por mi querido predecesor, Benedicto XVI. En tales casos se observará el siguiente procedimiento.
Artículo 1
1. El obispo diocesano, el eparca, o quien aun a título temporáneo, tiene la responsabilidad de una Iglesia particular, o de otra comunidad de fieles a esa equiparada de acuerdo al canon 368 CIC y por el canon 313 CCEO, puede ser legítimamente removido de su cargo, si por negligencia ha puesto u omitido actos que hayan provocado un daño grave a los otros, sea que se trate de personas físicas, sea que se trate de una comunidad en su conjunto. El daño puede ser físico, moral, espiritual o patrimonial.
2. El obispo diocesano o el eparca puede ser removido solamente si ha objetivamente faltado de manera muy grave a la diligencia que debe tener por su oficio pastoral, también sin grave culpa moral de parte suya.
3. En el caso se trate de abusos con menores o adultos vulnerables es suficiente que la falta de diligencia sea grave.
4. Al obispo diocesano y al eparca se equiparan los superiores mayores de los institutos religiosos y de las sociedades de vida apostólica de derecho pontificio.
Artículo 2
1. En todos los casos en los que se presenten indicios de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior, la competente Congregación de la Curia Romana puede iniciar una investigación sobre el mérito, dando noticia al interesado y dándole la posibilidad de producir documentos y testimonios.
2. Al obispo le será dada la posibilidad de defenderse, lo que podrá hacer con los medios previstos por el Derecho. Todos los pasos de la investigación le serán comunicados y le será siempre dada la posibilidad de encontrar a los superiores de las Congregaciones. Dicho encuentro, si el obispo no toma la iniciativa, será propuesto por el mismo dicasterio.
3. A continuación de los argumentos presentados por el obispo, la Congregación puede decidir una investigación suplementaria.
Artículo 3
1. Antes de tomar la propia decisión, la Congregación podrá reunirse, según la oportunidad, con otros obispos o eparcas pertenecientes a la Conferencia episcopal, o al sínodo de los obispos de la Iglesia, sui Iuris, de la cual hace parte el obispo o el eparca interesado, para discutir su caso.
2. La Congregación toma sus determinaciones reunida en sesión ordinaria.
Artículo 4
1.- Si se considera oportuno remover al obispo, la congregación establecerá, de acuerdo a las circunstancias del caso: dar en el tiempo más breve posible el decreto de remoción;
2.- exhortar fraternalmente al obispo a presentar su renuncia en un plazo de 15 días. Si el obispo no da su respuesta en el plazo previsto, la Congregación podrá emitir el decreto de remoción.
Artículo 5La decisión de la Congregación sobre los artículos 3 y 4, tiene que ser sometida a la aprobación específica del Romano Pontífice, quien antes de tomar una decisión definitiva, se hará asistir por un particular Colegio de Juristas, designado cuando será necesario.
Todo esto que he deliberado con esta Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, ordeno que sea observado en todas sus partes, a pesar de cualquier cosa en contrario, aun de particular mención, y establezco que sea publicado en el comentario oficial del Acta Apostolicae Sedis y promulgado en el cotidiano L’Osservatore Romano, entrando en vigor el 5 de septiembre de 2016.
Vaticano, 4 de junio de 2016 – El papa Francisco
(Traducción no oficial del texto en italiano, realzada por ZENIT)

Motu Proprio de Francisco: la negligencia del obispo en un caso de abusos será causa de destitución 04062016

Motu Proprio de Francisco: la negligencia del obispo en un caso de abusos será causa de destitución

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4 junio 2016
Motu Proprio de Francisco: la negligencia del obispo en un caso de abusos será causa de destitución
La decisión del Papa cierra cualquier puerta a la contemporización o el disimulo en los casos de abusos.
Francisco ha dado un nuevo paso este sábado para frenar los casos de abusos en la Iglesia y para responsabilizar a los obispos de la aplicación de las estrictas normas establecidas por Benedicto XVI y reforzadas durante el actual pontificado.

El Vaticano dio a conocer la Carta Apostólica en forma de Motu Proprio Como una madre amorosa, que consta de cinco artículos y donde se añade como novedad la negligencia en estos casos como causa para la destitución de obispos.

El Papa escribe que "Como una madre amorosa, la Iglesia ama a a todos sus hijos, pero cuida y protege con un afecto particular a aquellos más pequeños e indefensos. Consciente de esto, la Iglesia dedica un cuidado vigilante a la protección de los niños y de los adultos vulnerables”. Se trata de una tarea en la que los obispos “deben prestar una particular diligencia en proteger a aquellos que son más débiles entre las personas a ellos confiadas”, recoge Aciprensa.

El propio Francisco explica que “el Derecho Canónico ya prevé la posibilidad de apartar del trabajo eclesiástico por causas graves”. Pero “con la presente carta quiero precisar queentre las dichas causas graves está comprendida la negligencia de los obispos en el ejercicio de su función, en particular relativo a las causas de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables”.

La medida, que entrará en vigor el 5 de septiembre, señala que “el Obispo diocesano o el eparca, o aquel que, también si es a título temporal, tiene la responsabilidad de una Iglesia particular, o de otra comunidad de fieles (…) puede ser legítimamente apartado de su encargo, si por negligencia, ha realizado u omitido acto que hayan provocado un daño grave a otros, sean personas físicas, sea una comunidad en su conjunto. El daño puede ser físico, moral, espiritual o patrimonial”.

La Carta del Papa establece además que “el obispo diocesano o el eparca puede ser apartado solamente si hubiera objetivamente faltado de manera muy grave a la diligencia que le fue pedida por su oficio pastoral, también sin grave culpa moral de parte suya”.

“En el caso de que se trate de abusos a menores o de adultos vulnerables es suficiente que la falta de diligencia sea grave”, establece Como una madre amorosa.

Por otro lado, el Pontífice también establece que “la competente Congregación de la Curia romana puede iniciar una investigación sobre ello, dando noticia al interesado y la posibilidad de entregar documentos y testimonios”.

“Al obispo le será dada la posibilidad de defenderse, algo que podrá hacer con los medios previstos en el derecho. Todos los pasos de la investigación le serán comunicados y le será dada siempre la posibilidad de encontrarse con los Superiores de las Congregaciones”.

En el punto número 4, el Papa señala que “la Congregación establecerá, en base a las circunstancias del caso dar en el tiempo más breve posible el decreto que lo aparte”, así como “exhortar fraternalmente al obispo a presentar su renuncia en un término de 15 días”. “Si el obispo no da su respuesta en el tiempo previsto, la Congregación podrá poner en marcha el decreto que establece apartarle”.  Esta decisión deberá contar siempre con la aprobación del Papa.

El portavoz de la Santa Sede, Federico Lombardi, explicó a los medios que no se trata de casos de abusos por parte de obispos puesto que ya tiene un camino judicial establecido por la Congregación de la Doctrina de la Fe, sino de “negligencia en actos del oficio por parte de obispos”.

El padre Lombardi quiso subrayar que no se trata de una nueva ley, sino de reglar y reforzar algunos canones ya existentes. Lo que sí es una novedad es la “constitución de un Colegio de Juristas que asistirá al Santo Padre antes de que tome una decisión definitiva” que podría estar formada por cardenales y obispos.

“Como una madre amorosa”, Motu proprio del Papa refuerza compromiso en la protección de los menores 04062016

“Como una madre amorosa”, Motu proprio del Papa refuerza compromiso en la protección de los menores

La tarea de protección y de cuidado compete a la Iglesia en su totalidad - ANSA
04/06/2016 14:14
 
(RV).- La “tarea de protección y de cuidado compete a la Iglesia en su totalidad, pero es especialmente a través de sus Pastores que debe ser ejercitada”.  Lo escribe el Papa Francisco en el Motu Proprio con el que refuerza la protección de los menores, publicado el sábado 4 de junio, subrayando la responsabilidad de los Obispos diocesanos – de los Eparcas  así como de los Superiores Mayores de Institutos Religiosos y de las Sociedades de vida apostólica de derecho pontificio -  a “emplear una particular diligencia en el proteger a aquellos que son los más débiles entre las personas a ellos confiadas”.  El Papa recuerda que el Derecho Canónico prevé ya “la posibilidad de remover del encargo eclesiástico por causas graves”. Con el Motu Proprio, afirma Francisco, “pretendo precisar” que entre tales causas se encuentra también “la negligencia de los Obispos” relativa “a los casos de abusos sexuales cometidos con menores y adultos vulnerables” como previsto por el Motu Proprio de San Juan Pablo II, Sacramentorum Sanctitatis Tutela, actualizado por Benedicto XVI.
Con el documento firmado este sábado por el Papa se establece desde  el primero de los 5 artículos que el obispo diocesano (o el eparca o aquel que tiene una responsabilidad temporal de una Iglesia particular) puede ser “legítimamente removido de su encargo, si haya, por negligencia, realizado u omitido actos que hayan provocado un daño grave a otros”, sean personas o comunidades.  Además se especifica que este daño puede ser “físico, moral, espiritual o patrimonial”.  El obispo (al cual son equiparados los Superiores Mayores), continua el artículo 1, puede ser removido solamente si “haya objetivamente faltado de forma muy grave a la diligencia que le ha sido requerida por su oficio pastoral, también sin grave culpa moral por parte suya”. Sin embargo, en caso de abusos sobre menores, “es suficiente que la falta de diligencia sea grave”.
En el caso de que los indicios sean “serios”, prosigue el artículo 2 del Motu Proprio, la competente Congregación de la Curia Romana puede “iniciar una investigación en mérito”  dando noticia al interesado que tiene “la posibilidad de defenderse” con los “medios previstos por el derecho”. A continuación  a los argumentos presentados por el obispo,  la Congregación puede “decidir una investigación suplementaria”. En los artículos 3, 4 y 5 el Motu Proprio establece por tanto el procedimiento con el que se decide la eventual remoción del encargo. La Congregación que asume tal decisión, en Sesión ordinaria, puede disponer si dar “en el más breve tiempo posible, el decreto de remoción” o exhortar al obispo “a presentar su renuncia en un lapso de 15 días ”, concluido el cual el Dicasterio podrá “emitir el decreto”. En el último artículo se establece que la decisión final deberá ser “sometida a la aprobación especifica del Romano Pontífice” que, “antes de asumir una decisión definitiva se hará asistir por un idóneo Colegio de juristas”.
Nota del Padre Lombardi
Sobre este tema el director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Padre Federico Lombardi,  ha subrayado que el procedimiento al que se refiere el Motu Proprio "no encausa a la Congregación para la Doctrina de la Fe, porque no se trata de delitos de abuso, sino de negligencia en el cargo".  Por lo tanto no se trata de "procedimiento penal", puntualiza el padre Lombardi, porque no se trata de un "delito cumplido, sino de casos de negligencia". Tratándose de decisiones importantes sobre los Obispos, continúa Lombardi, "la aprobación específica depende del Santo Padre". Esto no representa una novedad, mientras " sí lo es la constitución de un especial Colegio de juristas que asistirá al Papa antes de que asuma una decisión definitiva". Se puede prever, concluye  el director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, que tal Colegio "esté constituido por cardenales y obispos".
(RC-RV)

miércoles, 10 de junio de 2015

Defensa de los menores, tema central de la décima reunión del Consejo de Cardenales con el Papa 10062015

Defensa de los menores, tema central de la décima reunión del Consejo de Cardenales con el Papa

Francisco con los cardenales miembros de la Comisión - OSS_ROM
10/06/2015 17:16
(RV).- El director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Padre Federico Lombardi, informó sobre la décima reunión del Consejo de Cardenales, que comenzó el pasado lunes y  terminó la mañana del miércoles en la Casa de Santa Marta.  El Santo Padre estuvo en las reuniones del lunes y el martes, mañana y tarde. La mañana del miércoles, en cambio no participó debido a la audiencia general. Por cuanto se refiere a las reformas en el ámbito financiero, el Padre Lombardi, explicó que el cardenal George Pell, Prefecto de la Secretaría de Economía, presentó un relación sobre la actualización de las reformas financieras. También habló el cardenal del nombramiento del nuevo Revisor General, la aprobación del nuevo Estatuto de la Caja de Pensiones y el completamiento de la lista de entidades que tendrán que ser sometidas a la autoridad y la supervisión del Consejo de Economía como prevén sus estatutos. El purpurado informó, además, de las nuevas iniciativas del Consejo de Economía: la constitución de tres grupos de trabajo: uno para el análisis de los ingresos y la inversión; otro para la gestión de los recursos humanos; un tercero para el estudio de los sistemas informáticos existentes y de su compatibilidad y eficiencia. Por último, actualizó la información sobre las diversas actividades en curso en la Secretaría de Economía. En materia de la defensa de los menores, el Consejo de Cardenales, escuchó el 8 de junio por la tarde el informe del cardenal Seán Patrick O'Malley, sobre las propuestas que presentar al Santo Padre en materia de denuncias de abuso de oficio episcopal; una propuesta preparada por la Pontificia Comisión para la Protección de Menores. El informe del cardenal O'Malley también incluye una propuesta sobre el tema de las acusaciones de abuso sexual de niños y adultos vulnerables por parte del clero. Para cada una de las dos propuestas, el informe indica los términos generales que la definen, las cuestiones relacionadas con el procedimiento y el Tribunal de juicio, así como las ventajas de la propuesta en sí, con respecto a otras hipótesis. El texto concluye con una lista de cinco propuestas específicas al Santo Padre, que se enumeran a continuación:
1. Que la competencia para recibir y examinar las denuncias de abuso de oficio pertenezca a las Congregaciones para los Obispos, para la Evangelización de los Pueblos o para las Iglesias Orientales y que todas las denuncias se presenten a la Congregación apropiada.
2. Que el Santo Padre dé mandato a la Congregación para la Doctrina de la Fe para juzgar a los obispos en relación con los delitos de abuso de oficio.
3. Que el Santo Padre autorice la institución de una nueva Sección Judicial dentro de la Congregación para la Doctrina de la Fe y el nombramiento de personal permanente que prestará servicio en el Tribunal Apostólico. Para realizar todo ello se consultará con el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
4. Que el Santo Padre nombre un Secretario para asistir al Prefecto por cuanto respecta al Tribunal . El Secretario será responsable de la nueva Sección Judicial y el personal de la Sección se empleará también en los procesos penales por abuso de menores y adultos vulnerables por parte del clero. También esta decisión se consultará con el Prefecto de la Congregación.
5. Que el Santo Padre establezca un período de cinco años para desarrollar ulteriormente estas propuestas y para completar una evaluación formal de su eficacia.
El Consejo de Cardenales concordó por unanimidad con dichas propuestas y estableció someterlas al Santo Padre que las ha aprobado y ha dado la autorización para que se faciliten los recursos adecuados para lograr sus fines.
Otro argumento ha sido el de los medios de comunicación de la Santa Sede. El Consejo de Cardenales en la mañana del 9 de junio, escuchó un informe presentado por monseñor Darío Viganò, director del Centro Televisivo Vaticano y Presidente de la Comisión para los Medios de comunicación del Vaticano -instituida por el Papa el 23 de abril de 2015 y hecha pública el 30 de abril- y expresó su reconocimiento unánime por el estudio de la viabilidad realizado por la misma. En particular, a partir del análisis y de los informe de McKinsey y de las comisiones anteriores (la COSEA y la Vatican Media Commission presidida por Lord Chris Patten), la actual Comisión ha presentado un proyecto de reforma realizable en cuatro años, que prevé la salvaguardia del personal y una integración gradual de las instituciones. Las instituciones interesadas son el Consejo Pontificio para las Comunicaciones Sociales, la Oficina de Prensa del Vaticano, Radio Vaticano, el Centro Televisivo Vaticano, el Osservatore Romano, el Servicio Fotográfico, la Libreria Editorial Vaticana, la Tipografía Vaticana y la Oficina Internet. El Consejo de Cardenales expresó al Santo Padre un parecer positivo al respecto, también en cuanto a los tiempos de realización de la propuesta, que prevé en los próximos meses la constitución del dicasterio y los nombramientos necesarios para el inicio del proceso. La Comisión continúa su trabajo, que aún no se ha completado. El Consejo de Cardenales abordó también otros argumentos. Esta mañana, el Padre Michael Czerny, del Consejo Pontificio Justicia y Paz informó de la nueva encíclica del Santo Padre y de la preparación para su publicación. En particular, el P.Czerny explicó que, por deseo del Papa, se enviarán a los ordinarios en todo el mundo una serie de correos electrónicos, acompañados por una carta del cardenal Turkson, para informar de la próxima publicación de la encíclica y ,en especial, de la enseñanza y las declaraciones anteriores del Pontifice en materia ambiental, de modo que los obispos y los obispados se encuentren preparados para la publicación del nuevo documento, y puedan acompañarlo con explicaciones y comentarios adecuados, y de que la publicación de la Encíclica sea vista como un acontecimiento importante en la vida de la Iglesia universal, en comunión con el Santo Padre.
La próxima reunión del Consejo de Cardenales está programada del 14 al 16 septiembre.